B12008447
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Información sobre balances y cuentas de resultados de COMERCIAL JULVE SLU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por COMERCIAL JULVE SLU o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las mercantiles «Cocinas Sala, Sociedad Limitada» y «Comercial Julve, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal» celebrada ambas en sus respectivos domicilios sociales con fecha 12 de diciembre de 2005, han adoptado por unanimidad la fusión por absorción de esta última entidad por la primera de ellas. De este modo la mercantil «Cocinas Sala, Sociedad Limitada» absorbe a la mercantil «Comercial Julve, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal», adquiriendo la sociedad absorbente a título universal el patrimonio, derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, la cual se disuelve sin liquidación, en los términos del proyecto de fusión aprobado igualmente por estas compañías en las referidas Juntas y depositado en el Registro Mercantil de Castellón con fecha 11 de noviembre de 2005.
Se hace constar expresamente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de sociedades Anónimas que durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha del último anuncio de los acuerdos de las Juntas Generales, los acreedores de cada una de las sociedades intervinientes en la fusión podrán oponerse a la misma en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar asimismo el derecho que asiste a todos los socios y acreedores de las sociedades participantes en la presente fusión de obtener el texto integro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.
Castellón, 13 de diciembre de 2005.-Los Administradores Solidarios de la mercantil Cocinas Salas, S. L., y de los Administradores Solidarios de la mercantil Comercial Julve, S. L., Sociedad Unipersonal, José María Mateu Santes y José María Mateu Herrero.-3.580.
y 3.ª 3-2-2006
| Absorbente | |
| Absorbida |
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Anuncio de fusión
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las mercantiles «Cocinas Sala, Sociedad Limitada» y «Comercial Julve, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal» celebrada ambas en sus respectivos domicilios sociales con fecha 12 de diciembre de 2005, han adoptado por unanimidad la fusión por absorción de esta última entidad por la primera de ellas. De este modo la mercantil «Cocinas Sala, Sociedad Limitada» absorbe a la mercantil «Comercial Julve, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal», adquiriendo la sociedad absorbente a título universal el patrimonio, derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, la cual se disuelve sin liquidación, en los términos del proyecto de fusión aprobado igualmente por estas compañías en las referidas Juntas y depositado en el Registro Mercantil de Castellón con fecha 11 de noviembre de 2005.
Se hace constar expresamente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de sociedades Anónimas que durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha del último anuncio de los acuerdos de las Juntas Generales, los acreedores de cada una de las sociedades intervinientes en la fusión podrán oponerse a la misma en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar asimismo el derecho que asiste a todos los socios y acreedores de las sociedades participantes en la presente fusión de obtener el texto integro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.
Castellón, 13 de diciembre de 2005.-Los Administradores Solidarios de la mercantil Cocinas Salas, S. L., y de los Administradores Solidarios de la mercantil Comercial Julve, S. L., Sociedad Unipersonal, José María Mateu Santes y José María Mateu Herrero.-3.580.
2.ª 2-2-2006
| Absorbente | |
| Absorbida |
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Anuncio de fusión
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las mercantiles «Cocinas Sala, Sociedad Limitada» y «Comercial Julve, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal» celebrada ambas en sus respectivos domicilios sociales con fecha 12 de diciembre de 2005, han adoptado por unanimidad la fusión por absorción de esta última entidad por la primera de ellas. De este modo la mercantil «Cocinas Sala, Sociedad Limitada» absorbe a la mercantil «Comercial Julve, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal», adquiriendo la sociedad absorbente a título universal el patrimonio, derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, la cual se disuelve sin liquidación, en los términos del proyecto de fusión aprobado igualmente por estas compañías en las referidas Juntas y depositado en el Registro Mercantil de Castellón con fecha 11 de noviembre de 2005.
Se hace constar expresamente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de sociedades Anónimas que durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha del último anuncio de los acuerdos de las Juntas Generales, los acreedores de cada una de las sociedades intervinientes en la fusión podrán oponerse a la misma en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar asimismo el derecho que asiste a todos los socios y acreedores de las sociedades participantes en la presente fusión de obtener el texto integro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.
Castellón, 13 de diciembre de 2005.-Los Administradores Solidarios de la mercantil Cocinas Salas, S. L., y de los Administradores Solidarios de la mercantil Comercial Julve, S. L., Sociedad Unipersonal, José María Mateu Santes y José María Mateu Herrero.-3.580.
1.ª 1-2-2006
| Absorbente | |
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Reactivación La Junta General Universal de socios, de fecha 12 de noviembre de 2003, de la mercantil "Comercial Julve, Sociedad Limitada", ha acordado, por unanimidad, reactivar sus actividades al amparo de lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley 2/1995, de 23 de marzo.
Se hace constar el derecho de oposición que tienen los acreedores al amparo de lo dispuesto en el citado artículo 106 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, en relación con los artículos 243 y 166 del texto refundido de 22 de diciembre de 1989, de Sociedades Anónimas.
Castellón, 13 de noviembre de 2003.-José María Mateu Santés, Administrador.-53.642.
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