CNAE 4941 - Transporte de mercancías por carretera
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Información sobre balances y cuentas de resultados de CISTERNAS ESPECIALES SAU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por CISTERNAS ESPECIALES SAU o en los que participa indirectamente.
Se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Transportes Asfálticos del Noroeste, Sociedad Anónima y los socios únicos de las restantes sociedades citadas, en sesiones celebradas el día 17 de noviembre de 2003, acordaron, por unanimidad, en el primer caso y por el propio socio único en los restantes, la fusión por absorción de Transmol Logística, Sociedad Limitada, unipersonal, Servicio y Control del Gas, Sociedad Limitada, unipersonal, Cisternas Especiales, Sociedad Anónima, unipersonal y Transportes Asfálticos del Noroeste Sociedad Anónima (como Sociedades Absorbidas), por Facastel, Sociedad Limitada, unipersonal (como Sociedad Absorbente), con extinción por disolución sin liquidación de las primeras y transmisión en bloque de todos sus patrimonios a la Sociedad Absorbente, que adquiere por sucesión universal los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas, en los términos del Proyecto de Fusión conjunto y único suscrito por los administradores de las sociedades participantes en la fusión el día 27 de octubre de 2003 y depositado en los Registros Mercantiles de Madrid, Navarra, Murcia y Pontevedra.
El Socio único de la Sociedad Absorbente acordó asimismo modificar su denominación social adoptando la de la absorbida Transmol Logística, Sociedad Limitada, unipersonal, modificándose en consecuencia el Artículo 1 de los Estatutos Sociales.
En cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y los Balances de Fusión cerrados a 31 agosto de 2003, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan en los términos previstos en el Artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes a partir de la fecha de la publicación del último anuncio del mencionado acuerdo de fusión.
San Fernando de Henares (Madrid), 17 de noviembre de 2003.-El Secretario no consejero del Consejo de Administración de Facastel, S. L., unipersonal y Transmol Logística, S. L. Unipersonal, D. Julio García-Saavedra y Orejón.-El Representante persona física de Facastel S. L., unipersonal, Administrador único de Servicio y Control del Gas, S. L., unipersonal, Cisternas Especiales, S. A.
Unipersonal y Transportes Asfálticos del Noroeste, S. A., D. Julio Mañas-Martín Camuñas.-51.338.
y 3.a 20-11-2003.
Se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Transportes Asfálticos del Noroeste, Sociedad Anónima y los socios únicos de las restantes sociedades citadas, en sesiones celebradas el día 17 de noviembre de 2003, acordaron, por unanimidad, en el primer caso y por el propio socio único en los restantes, la fusión por absorción de Transmol Logística, Sociedad Limitada, unipersonal, Servicio y Control del Gas, Sociedad Limitada, unipersonal, Cisternas Especiales, Sociedad Anónima, unipersonal y Transportes Asfálticos del Noroeste Sociedad Anónima (como Sociedades Absorbidas), por Facastel, Sociedad Limitada, unipersonal (como Sociedad Absorbente), con extinción por disolución sin liquidación de las primeras y transmisión en bloque de todos sus patrimonios a la Sociedad Absorbente, que adquiere por sucesión universal los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas, en los términos del Proyecto de Fusión conjunto y único suscrito por los administradores de las sociedades participantes en la fusión el día 27 de octubre de 2003 y depositado en los Registros Mercantiles de Madrid, Navarra, Murcia y Pontevedra.
El Socio único de la Sociedad Absorbente acordó asimismo modificar su denominación social adoptando la de la absorbida Transmol Logística, Sociedad Limitada, unipersonal, modificándose en consecuencia el Artículo 1 de los Estatutos Sociales.
En cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y los Balances de Fusión cerrados a 31 agosto de 2003, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan en los términos previstos en el Artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes a partir de la fecha de la publicación del último anuncio del mencionado acuerdo de fusión.
San Fernando de Henares (Madrid), 17 de noviembre de 2003.-El Secretario no consejero del Consejo de Administración de Facastel, S. L., unipersonal y Transmol Logística, S. L. Unipersonal, D. Julio García-Saavedra y Orejón.-El Representante persona física de Facastel S. L., unipersonal, Administrador único de Servicio y Control del Gas, S. L., unipersonal, Cisternas Especiales, S. A.
Unipersonal y Transportes Asfálticos del Noroeste, S.
A., D. Julio Mañas-Martín Camuñas.-51.338.
2.a 19-11-2003.
Se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Transportes Asfálticos del Noroeste, Sociedad Anónima y los socios únicos de las restantes sociedades citadas, en sesiones celebradas el día 17 de noviembre de 2003, acordaron, por unanimidad, en el primer caso y por el propio socio único en los restantes, la fusión por absorción de Transmol Logística, Sociedad Limitada, unipersonal, Servicio y Control del Gas, Sociedad Limitada, unipersonal, Cisternas Especiales, Sociedad Anónima, unipersonal y Transportes Asfálticos del Noroeste Sociedad Anónima (como Sociedades Absorbidas), por Facastel, Sociedad Limitada, unipersonal (como Sociedad Absorbente), con extinción por disolución sin liquidación de las primeras y transmisión en bloque de todos sus patrimonios a la Sociedad Absorbente, que adquiere por sucesión universal los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas, en los términos del Proyecto de Fusión conjunto y único suscrito por los administradores de las sociedades participantes en la fusión el día 27 de octubre de 2003 y depositado en los Registros Mercantiles de Madrid, Navarra, Murcia y Pontevedra.
El Socio único de la Sociedad Absorbente acordó asimismo modificar su denominación social adoptando la de la absorbida Transmol Logística, Sociedad Limitada, unipersonal, modificándose en consecuencia el Artículo 1 de los Estatutos Sociales.
En cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y los Balances de Fusión cerrados a 31 agosto de 2003, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan en los términos previstos en el Artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes a partir de la fecha de la publicación del último anuncio del mencionado acuerdo de fusión.
San Fernando de Henares (Madrid), 17 de noviembre de 2003.-El Secretario no consejero del Consejo de Administración de Facastel, S. L., unipersonal y Transmol Logística, S. L. Unipersonal, D. Julio García-Saavedra y Orejón.-El Representante persona física de Facastel S. L., unipersonal, Administrador único de Servicio y Control del Gas, S. L., unipersonal, Cisternas Especiales, S. A.
Unipersonal y Transportes Asfálticos del Noroeste, S. A., D. Julio Mañas-Martín Camuñas.-51.338.
1.a 18-11-2003.
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