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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 25 de enero del 2012 del anuncio de anuncio de fusión y absorción en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 12 de enero del 2012 con los datos de inscripción .


Anuncio de fusión y absorción

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que en la Juntas Generales Extraordinarias y Universales de fecha 11 de enero de 2012 de Estudio Ágora, S.A.U., sociedad de nacionalidad española y de duración indefinida, con domicilio en Sant Cugat del Vallés (Barcelona), Calle Vial Interpolar del Vallés, s/n, constituida mediante escritura pública autorizada por el Notario de Barcelona, don Joaquín Julve Guerrero, el día 29 de julio de 1998, con el número 1.509 de orden de su protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, al tomo 40655, folio 195, Hoja B-97373, y provista de C.I.F. número A-58737396, y de Centro Infantil Ágora-Patufet, S.L.U., sociedad de nacionalidad española y duración indefinida, con domicilio en Calle Sant Jordi, número 22, Sant Cugat del Vallés (Barcelona), constituida mediante escritura pública autorizada por el Notario de Barcelona, don Juan Francisco Boisán Benito, el día 8 de julio de 2005, con el número 2.722 de orden de su protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, al Tomo 37.763, folio 175, Hoja B-311533, y provista de C.I.F. número B-63908107, acordaron respectivamente aprobar:

1. El proyecto de fusión por absorción formulado y suscrito por los Administradores únicos de Estudio Ágora, S.A.U. y Centro Infantil Ágora-Patufet, S.L.U., en fecha 22 de noviembre de 2011 y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona el día 9 de diciembre de 2.011, y en consecuencia, aprobar la fusión por absorción de Estudio Ágora, S.A.U. (sociedad absorbente) y Centro Infantil Ágora-Patufet, S.L.U. (sociedad absorbida), con disolución sin liquidación de ésta y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal, los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 de la Ley 3/2009 de 3 de Abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

2. Tratándose de un supuesto asimilado a una absorción de sociedades íntegramente participadas dado que las dos sociedades participantes en la fusión están participadas íntegramente por el mismo socio, titular de todas las acciones y participaciones, respectivamente, en que se divide el capital social de la sociedad absorbente y absorbida, no es necesario, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 49 y 52 de la Ley 3/2009 de 3 de Abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, hacer mención en el Proyecto de Fusión, a los apartados 2, 6, 9 y 10 del artículo 31 de la mencionada Ley.

Por esta misma razón, no se aumentará el capital de la sociedad absorbente, Estudio Ágora, S.A.U., ni será necesaria la elaboración de informes de los Administradores ni de experto independiente sobre el Proyecto de fusión.

3. Las operaciones de Centro Infantil Ágora-Patufet, S.L.U. (sociedad absorbida), se entenderán realizadas a efectos contables por cuenta de Estudio Ágora, S.A.U. (sociedad absorbente), a partir del día 1 de septiembre de 2.011.

4. La presente fusión se acogerá al régimen tributario establecido en el Capítulo VIII del Título VII del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

5. No existe, tanto en la sociedad absorbente como en la sociedad absorbida, titulares de ninguna clase de derechos especiales distintos de las acciones/participaciones, ni se contempla el otorgamiento de ventajas de cualquier clase a favor de los Administradores de las sociedades partícipes en la mencionada operación de fusión.

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión.

Del mismo modo, se hace constar expresamente el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, corresponde a los acreedores y obligacionistas de las sociedades fusionadas en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Madrid, 12 de enero de 2012.- Nuevo Ágora Centro de Estudios, S.L. Administradora Única de Estudio Ágora, S.A.U., P.p. don Serafín González Morcillo y Administradora única de Centro Infantil Ágora-Patufet, S.L.U. P.p., don Manuel Martín Martín.

Absorbente
Absorbida
  • CENTRO INFANTIL AGORA PATUFET SL
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 12/01/2012  

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