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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 08 de octubre del 2014 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE BARCELONA

Edicto

Don Luis Miguel Gonzalo Capellín, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Barcelona,

Hace saber:

Que en los autos con N.I.G. 08019-47-1-2014-8001919, y n.º 672/2014-D, se ha declarado el concurso voluntario de naturaleza principal de fecha 21-07-2014, de Celler Can Pujol, S.L., con C.I.F. n.º: B-58797739, y domicilio en C/ Duc de la Victoria, n.º 9, de Vilanova i la Geltrú, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado.

El Administrador concursal la sociedad Grupo Bétulo Concursal, SLP, que designa como persona física que ejercerá el cargo a don José Antonio Regalado Morillas, con DNI n.º 00000000X, con domicilio en C/ Sant Miquel, n.º 36, 2.º, de Badalona 08911, y correo electrónico [email protected].

Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la Administración concursal en el domicilio sito en C/ Sant Miquel, n.º 36, 2.º, de Badalona 08911, o remitirse a dicho domicilio.También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, caraterísticas y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar su créditos o asistir a Juntas.

Barcelona, 1 de septiembre de 2014.- El Secretario Judicial.

Empresa
  • CELLER CAN PUJOL SL
Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 01/09/2014  

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