916542857
CNAE 5915 - Actividades de producción cinematográfica y de vídeo
B82954694
-
-
-
2.5M €
Madrid
-
Información sobre balances y cuentas de resultados de CARTEL PRODUCCIONES AUDIOVISUALES SL depositados en el Registro Mercantil de Madrid en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | Consultar en Axesor | |||||
Consultar en Axesor |
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por CARTEL PRODUCCIONES AUDIOVISUALES SL o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión por absorción De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada se hace público que las Juntas Generales de Socios de las Compañías "Cartel Producciones Audiovisuales, Sociedad Limitada" (Sociedad Absorbente) y "Nuetec Cartera, Sociedad Limitada" (Sociedad Absorbida) celebradas el 23 de febrero de 2004 acordaron por unanimidad la fusión por absorción de esta última por la primera mediante la incorporación en bloque de todos los activos y pasivos de la sociedad absorbida a la absorbente, con disolución sin liquidación de la entidad absorbida, de acuerdo con el proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid, con fecha 12 de febrero de 2004.
Se hace constar expresamente el derecho de los acreedores y socios de las mencionadas compañías a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los respectivos balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las mismas a oponerse a la fusión en los términos establecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas durante un plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Madrid, 27 de febrero de 2004.-El Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad Absorbente y Administrador Único de la Sociedad Absorbida. D. Eduardo Campoy Sanz-Orrió.-9.027.
y 3.a 17-3-2004.
Absorbente |
|
Absorbida |
Anuncio de fusión por absorción De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada se hace público que las Juntas Generales de Socios de las Compañías "Cartel Producciones Audiovisuales, Sociedad Limitada" (Sociedad Absorbente) y "Nuetec Cartera, Sociedad Limitada" (Sociedad Absorbida) celebradas el 23 de febrero de 2004 acordaron por unanimidad la fusión por absorción de esta última por la primera mediante la incorporación en bloque de todos los activos y pasivos de la sociedad absorbida a la absorbente, con disolución sin liquidación de la entidad absorbida, de acuerdo con el proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid, con fecha 12 de febrero de 2004.
Se hace constar expresamente el derecho de los acreedores y socios de las mencionadas compañías a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los respectivos balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las mismas a oponerse a la fusión en los términos establecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas durante un plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Madrid, 27 de febrero de 2004.-El Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad Absorbente y Administrador Único de la Sociedad Absorbida. D. Eduardo Campoy Sanz-Orrió.-9.027.
2.a 16-3-2004.
Absorbente |
|
Absorbida |
Anuncio de fusión por absorción De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada se hace público que las Juntas Generales de Socios de las Compañías "Cartel Producciones Audiovisuales, Sociedad Limitada" (Sociedad Absorbente) y "Nuetec Cartera, Sociedad Limitada" (Sociedad Absorbida) celebradas el 23 de febrero de 2004 acordaron por unanimidad la fusión por absorción de esta última por la primera mediante la incorporación en bloque de todos los activos y pasivos de la sociedad absorbida a la absorbente, con disolución sin liquidación de la entidad absorbida, de acuerdo con el proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid, con fecha 12 de febrero de 2004.
Se hace constar expresamente el derecho de los acreedores y socios de las mencionadas compañías a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los respectivos balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las mismas a oponerse a la fusión en los términos establecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas durante un plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Madrid, 27 de febrero de 2004.-El Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad Absorbente y Administrador Único de la Sociedad Absorbida. D. Eduardo Campoy Sanz-Orrió.-9.027.
1.a 15-3-2004.
Absorbente |
|
Absorbida |
Las sociedades relacionadas en el encabezamiento hacen público que las Juntas generales y, en lo menester, los órganos de administración de cada una de ellas en sus respectivas reuniones de fecha 7 de mayo de 2001, han acordado por unanimidad, en el seno de sus respectivas competencias, el siguiente proceso mercantil de concentración empresarial que será acometido de forma simultánea una vez que transcurran los plazos de comunicación pública establecidos por la Ley: Primero.-Fusión por absorción de "Grupo Karpesa, Sociedad Limitada", con "Altamedia Non Stop, Sociedad Limitada"; "Orbe 2 Grupo Audiovisual, Sociedad Limitada", y "Peanuts Producciones, Sociedad Limitada".
Las Juntas generales de "Grupo Karpesa, Sociedad Limitada" (sociedad absorbente); "Altamedia Non Stop, Sociedad Limitada"; "Orbe 2 Grupo Audiovisual, Sociedad Limitada", y "Peanuts Producciones, Sociedad Limitada" (sociedades absorbidas), han acordado la absorción de las tres últimas por la primera, mediante la incorporación en bloque de todos los activos y pasivos de las sociedades absorbidas a la sociedad absorbente, con disolución sin liquidación de las citadas entidades absorbidas, de conformidad con el proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid, con fecha 3 de mayo de 2001.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las mismas a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Segundo.-Cesión global de activos y pasivos de "Creativos Asociados de Radio y Televisión, Sociedad Anónima" (sociedad cedente), a "Grupo Karpesa, Sociedad Limitada" (sociedad cesionaria).
Considerando la fusión por absorción a que se refiere el apartado primero, las Juntas generales de las compañías mencionadas en el encabezamiento de este anuncio han acordado por unanimidad la disolución sin liquidación de "Creativos Asociados de Radio y Televisión, Sociedad Anónima", mediante la cesión global de sus activos y pasivos a su socio único, "Grupo Karpesa, Sociedad Limitada", a cuyo efecto se aprobó el Balance cerrado al 31 de diciembre de 2000.
Se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los acreedores de las sociedades cedente y cesionaria a obtener el texto íntegro del acuerdo de cesión y a oponerse a la misma, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de cesión en los términos establecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Tercero.-Escisión total de "Grupo Karpesa, Sociedad Limitada", en "Nuetec Cartera, Sociedad Limitada", y "Cartel Producciones Audiovisuales, Sociedad Limitada"; Considerando la fusión por absorción a que se refiere el apartado primero y la cesión global de activos y pasivos a que se refiere el punto segundo, las Juntas generales de las compañías mencionadas en el encabezamiento de este anuncio han acordado por unanimidad la escisión total de "Grupo Karpesa, Sociedad Limitada" (sociedad escindida), en "Nuetec Cartera, Sociedad Limitada", y "Cartel Producciones Audiovisuales, Sociedad Limitada" (sociedades preexistentes beneficiarias de la escisión), mediante el traspaso en bloque del patrimonio de la sociedad escindida, en la forma determinada en el proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 3 de mayo de 2001 a las dos sociedades beneficiarias de la escisión, con disolución de la sociedad escindida.
Se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los socios y acreedores de las sociedades escindida y beneficiarias a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión y a oponerse a la misma, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de cesión en los términos establecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 253 del mismo texto legal.
Cuarto.-Toda vez que las Juntas generales que adoptaron los acuerdos precedentes tuvieron el carácter de universales, se hace constar que a partir de la publicación del presente anuncio los partícipes, accionistas, obligacionistas y titulares de derechos especiales, distintos de las acciones, así como los representantes de los trabajadores tienen derecho a examinar, en el domicilio social de cada una de las compañías, los documentos a que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas en relación a las tres fases del procedimiento mercantil relacionadas.
Madrid, 8 de mayo de 2001.-Firmado: Un Administrador solidario de "Grupo Karpesa, Sociedad Limitada"; los Administradores únicos de "Peanuts Producciones, Sociedad Limitada"; "Altamedia Non Stop, Sociedad Limitada"; "Orbe 2, Grupo Audivisual, Sociedad Limitada", "Cartel Producciones Audiovisuales, Sociedad Limitada", y "Nuetec Cartera, Sociedad Limitada", el Consejero Delegado de "Creativos Asociados de Radio y Televisión, Sociedad Anónima".-21.967. y 3.a 18-5-2001.
Las sociedades relacionadas en el encabezamiento hacen público que las Juntas generales y, en lo menester, los órganos de administración de cada una de ellas en sus respectivas reuniones de fecha 7 de mayo de 2001, han acordado por unanimidad, en el seno de sus respectivas competencias, el siguiente proceso mercantil de concentración empresarial que será acometido de forma simultánea una vez que transcurran los plazos de comunicación pública establecidos por la Ley: Primero.-Fusión por absorción de "Grupo Karpesa, Sociedad Limitada", con "Altamedia Non Stop, Sociedad Limitada"; "Orbe 2 Grupo Audiovisual, Sociedad Limitada", y "Peanuts Producciones, Sociedad Limitada".
Las Juntas generales de "Grupo Karpesa, Sociedad Limitada" (sociedad absorbente); "Altamedia Non Stop, Sociedad Limitada"; "Orbe 2 Grupo Audiovisual, Sociedad Limitada", y "Peanuts Producciones, Sociedad Limitada" (sociedades absorbidas), han acordado la absorción de las tres últimas por la primera, mediante la incorporación en bloque de todos los activos y pasivos de las sociedades absorbidas a la sociedad absorbente, con disolución sin liquidación de las citadas entidades absorbidas, de conformidad con el proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid, con fecha 3 de mayo de 2001.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las mismas a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Segundo.-Cesión global de activos y pasivos de "Creativos Asociados de Radio y Televisión, Sociedad Anónima" (sociedad cedente), a "Grupo Karpesa, Sociedad Limitada" (sociedad cesionaria).
Considerando la fusión por absorción a que se refiere el apartado primero, las Juntas generales de las compañías mencionadas en el encabezamiento de este anuncio han acordado por unanimidad la disolución sin liquidación de "Creativos Asociados de Radio y Televisión, Sociedad Anónima", mediante la cesión global de sus activos y pasivos a su socio único, "Grupo Karpesa, Sociedad Limitada", a cuyo efecto se aprobó el Balance cerrado al 31 de diciembre de 2000.
Se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los acreedores de las sociedades cedente y cesionaria a obtener el texto íntegro del acuerdo de cesión y a oponerse a la misma, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de cesión en los términos establecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Tercero.-Escisión total de "Grupo Karpesa, Sociedad Limitada", en "Nuetec Cartera, Sociedad Limitada", y "Cartel Producciones Audiovisuales, Sociedad Limitada"; Considerando la fusión por absorción a que se refiere el apartado primero y la cesión global de activos y pasivos a que se refiere el punto segundo, las Juntas generales de las compañías mencionadas en el encabezamiento de este anuncio han acordado por unanimidad la escisión total de "Grupo Karpesa, Sociedad Limitada" (sociedad escindida), en "Nuetec Cartera, Sociedad Limitada", y "Cartel Producciones Audiovisuales, Sociedad Limitada" (sociedades preexistentes beneficiarias de la escisión), mediante el traspaso en bloque del patrimonio de la sociedad escindida, en la forma determinada en el proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 3 de mayo de 2001 a las dos sociedades beneficiarias de la escisión, con disolución de la sociedad escindida.
Se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los socios y acreedores de las sociedades escindida y beneficiarias a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión y a oponerse a la misma, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de cesión en los términos establecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 253 del mismo texto legal.
Cuarto.-Toda vez que las Juntas generales que adoptaron los acuerdos precedentes tuvieron el carácter de universales, se hace constar que a partir de la publicación del presente anuncio los partícipes, accionistas, obligacionistas y titulares de derechos especiales, distintos de las acciones, así como los representantes de los trabajadores tienen derecho a examinar, en el domicilio social de cada una de las compañías, los documentos a que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas en relación a las tres fases del procedimiento mercantil relacionadas.
Madrid, 8 de mayo de 2001.-Firmado: Un Administrador solidario de "Grupo Karpesa, Sociedad Limitada"; los Administradores únicos de "Peanuts Producciones, Sociedad Limitada"; "Altamedia Non Stop, Sociedad Limitada"; "Orbe 2, Grupo Audivisual, Sociedad Limitada", "Cartel Producciones Audiovisuales, Sociedad Limitada", y "Nuetec Cartera, Sociedad Limitada", el Consejero Delegado de "Creativos Asociados de Radio y Televisión, Sociedad Anónima".-21.967. 2.a 17-5-2001.
Informe axesor 360º | Informe de Crédito | Perfil Comercial de Empresa | |
Importe de ventas y número de empleados | ![]() | ![]() | ![]() |
Información mercantil y comercial | ![]() Completa | ![]() Completa | ![]() Básica |
Administradores y dirigentes | ![]() | ![]() | ![]() Solo dirigentes |
Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…) | ![]() | ![]() | ![]() |
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago | ![]() | ![]() | ![]() |
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales | ![]() | ![]() | ![]() |
Balance y cuenta de pérdidas y ganancias | ![]() Completo | ![]() Extracto | ![]() |
Ratios y magnitudes económico-financieras | ![]() Completo | ![]() Extracto | ![]() |
Representación gráfica de empresas relacionadas | ![]() | ![]() | ![]() |
Comparativa del balance con la media del sector | ![]() | ![]() | ![]() |
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto | ![]() | ![]() | ![]() |
Fuentes de financiación y avales | ![]() | ![]() | ![]() |
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas | ![]() | ![]() | ![]() |
Acceder | Acceder | Acceder |
CARTEL PRODUCCIONES AUDIOVISUALES SL es una empresa inscrita en el Registro Mercantil de Madrid. Su clasificación nacional de actividades económicas es Actividades de producción cinematográfica y de vídeo.
La empresa tiene una facturación anual superior a 2.500.000 euros.