986240239
CNAE 1623 - Fabricación de otras estructuras de madera y piezas de carpintería y ebanistería para la construcción
B36711083
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Información sobre balances y cuentas de resultados de CARPINTERIA VIGUESA SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por CARPINTERIA VIGUESA SL o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión por absorción En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas y el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y disposiciones concordantes, se hace público que las Juntas generales universales de socios de "Carpintería Viguesa, Sociedad Limitada" (como sociedad absorbida) y "Carpintería Naval Nieto, Sociedad Limitada" (como sociedad absorbente), celebradas en todos los casos el día 25 de junio de 2002, aprobaron, por unanimidad, la fusión de ambas sociedades mediante la absorción de la primera por la última, integrando el patrimonio de la sociedad absorbida, respetando el artículo 249 de la Ley de Sociedades Anónimas, resultando la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida mediante el traspaso de todo su patrimonio por sucesión universal a la sociedad absorbente, todo ello en los términos contenidos en el proyecto de difusión redactado y suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Pontevedra.
Asimismo, se aprobaron como Balances de fusión de la sociedad absorbida y el de la absorbente los cerrados a 31 de diciembre de 2001. Asimismo se aprobó que la fusión tenga efectos contables y fiscales a partir del 1 de enero de 2002.
De acuerdo con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho de socios y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo y de los Balances de fusión. Los acreedores de las sociedades podrán oponerse a la fusión en los términos regulados por los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Vigo, 26 de junio de 2002.-Los Administradores de "Carpintería Naval Nieto, Sociedad Limitada", y de "Carpintería Viguesa, Sociedad Limitada".-32.312. y 3.a 10-7-2002.
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Anuncio de fusión por absorción En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas y el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y disposiciones concordantes, se hace público que las Juntas generales universales de socios de "Carpintería Viguesa, Sociedad Limitada" (como sociedad absorbida) y "Carpintería Naval Nieto, Sociedad Limitada" (como sociedad absorbente), celebradas en todos los casos el día 25 de junio de 2002, aprobaron, por unanimidad, la fusión de ambas sociedades mediante la absorción de la primera por la última, integrando el patrimonio de la sociedad absorbida, respetando el artículo 249 de la Ley de Sociedades Anónimas, resultando la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida mediante el traspaso de todo su patrimonio por sucesión universal a la sociedad absorbente, todo ello en los términos contenidos en el proyecto de difusión redactado y suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Pontevedra.
Asimismo, se aprobaron como Balances de fusión de la sociedad absorbida y el de la absorbente los cerrados a 31 de diciembre de 2001. Asimismo se aprobó que la fusión tenga efectos contables y fiscales a partir del 1 de enero de 2002.
De acuerdo con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho de socios y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo y de los Balances de fusión. Los acreedores de las sociedades podrán oponerse a la fusión en los términos regulados por los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Vigo, 26 de junio de 2002.-Los Administradores de "Carpintería Naval Nieto, Sociedad Limitada", y de "Carpintería Viguesa, Sociedad Limitada".-32.312. 2.a 9-7-2002.
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Anuncio de fusión por absorción En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas y el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y disposiciones concordantes, se hace público que las Juntas generales universales de socios de "Carpintería Viguesa, Sociedad Limitada" (como sociedad absorbida) y "Carpintería Naval Nieto, Sociedad Limitada" (como sociedad absorbente), celebradas en todos los casos el día 25 de junio de 2002, aprobaron, por unanimidad, la fusión de ambas sociedades mediante la absorción de la primera por la última, integrando el patrimonio de la sociedad absorbida, respetando el artículo 249 de la Ley de Sociedades Anónimas, resultando la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida mediante el traspaso de todo su patrimonio por sucesión universal a la sociedad absorbente, todo ello en los términos contenidos en el proyecto de difusión redactado y suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Pontevedra.
Asimismo, se aprobaron como Balances de fusión de la sociedad absorbida y el de la absorbente los cerrados a 31 de diciembre de 2001. Asimismo se aprobó que la fusión tenga efectos contables y fiscales a partir del 1 de enero de 2002.
De acuerdo con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho de socios y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo y de los Balances de fusión. Los acreedores de las sociedades podrán oponerse a la fusión en los términos regulados por los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Vigo, 26 de junio de 2002.-Los Administradores de "Carpintería Naval Nieto, Sociedad Limitada", y de "Carpintería Viguesa, Sociedad Limitada".-32.312. 1.a 8-7-2002.
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CARPINTERIA VIGUESA SL es una empresa . Su clasificación nacional de actividades económicas es Fabricación de otras estructuras de madera y piezas de carpintería y ebanistería para la construcción.
La empresa tiene una facturación anual entre 500.000 y 1.000.000 euros.