944872245
CNAE 0811 - Extracción de piedra ornamental y para la construcción, piedra caliza, yeso, creta y pizarra
A48094544
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2.5M €
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Información sobre balances y cuentas de resultados de CANTERA GALDAMES II SAU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por CANTERA GALDAMES II SAU o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión
En cumplimiento de los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que los socios únicos de «Áridos y Canteras del Norte, Sociedad Anónima Unipersonal», «Cantera Galdames II, Sociedad Anónima Unipersonal» y «Tecami Ofitas, Sociedad Anónima Unipersonal», en las Juntas Generales Extraordinarias y Universales, celebradas el 24 de abril de 2008, acordaron la fusión por absorción de «Cantera Galdames II, Sociedad Anónima Unipersonal» y «Tecami Ofitas, Sociedad Anónima Unipersonal» por parte de «Áridos y Canteras del Norte, Sociedad Anónima Unipersonal», con la transmisión en bloque del patrimonio social de las entidades absorbidas, que se extinguirán sin liquidación, y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la sociedad absorbente, todo ello en los términos del proyecto de fusión aprobado por los administradores de ambas sociedades y depositado en el Registro Mercantil de Vizcaya el 24 de abril de 2008. De acuerdo con el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, no procede ampliar el capital social de la Sociedad absorbente, ni la elaboración del informe de los administradores ni de expertos independientes sobre el proyecto de fusión. Se aprobaron los respectivos balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2007 y las operaciones de la absorbida se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de la absorbente desde el día 1 de enero de 2008.
Conforme a lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que se fusionan de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de dichas sociedades de oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde el último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Bilbao, 24 de abril de 2008.-El Presidente del Consejo de Administración de Áridos y Canteras del Norte, Sociedad Anónima Unipersonal, D. Manuel Ruigómez Domínguez; el Presidente del Consejo de Administración de Cantera Galdames II, Sociedad Anónima Unipersonal, D. Rafael de Ellacuría Berrio y los Administradores Mancomunados de Tecami Ofitas, Sociedad Anónima Unipersonal, don Julián García Ureta y D. Rafael de Ellacuría Berrio.-24.765. 1.ª 28-4-2008
Absorbente | |
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Anuncio de fusión
En cumplimiento de los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que los socios únicos de «Áridos y Canteras del Norte, Sociedad Anónima Unipersonal», «Cantera Galdames II, Sociedad Anónima Unipersonal» y «Tecami Ofitas, Sociedad Anónima Unipersonal», en las Juntas Generales Extraordinarias y Universales, celebradas el 24 de abril de 2008, acordaron la fusión por absorción de «Cantera Galdames II, Sociedad Anónima Unipersonal» y «Tecami Ofitas, Sociedad Anónima Unipersonal» por parte de «Áridos y Canteras del Norte, Sociedad Anónima Unipersonal», con la transmisión en bloque del patrimonio social de las entidades absorbidas, que se extinguirán sin liquidación, y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la sociedad absorbente, todo ello en los términos del proyecto de fusión aprobado por los administradores de ambas sociedades y depositado en el Registro Mercantil de Vizcaya el 24 de abril de 2008. De acuerdo con el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, no procede ampliar el capital social de la Sociedad absorbente, ni la elaboración del informe de los administradores ni de expertos independientes sobre el proyecto de fusión. Se aprobaron los respectivos balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2007 y las operaciones de la absorbida se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de la absorbente desde el día 1 de enero de 2008.
Conforme a lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que se fusionan de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de dichas sociedades de oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde el último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Bilbao, 24 de abril de 2008.-El Presidente del Consejo de Administración de Áridos y Canteras del Norte, Sociedad Anónima Unipersonal, D. Manuel Ruigómez Domínguez; el Presidente del Consejo de Administración de Cantera Galdames II, Sociedad Anónima Unipersonal, D. Rafael de Ellacuría Berrio y los Administradores Mancomunados de Tecami Ofitas, Sociedad Anónima Unipersonal, don Julián García Ureta y D. Rafael de Ellacuría Berrio.-24.765. 1.ª 28-4-2008
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En cumplimiento de los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que los socios únicos de «Áridos y Canteras del Norte, Sociedad Anónima Unipersonal», «Cantera Galdames II, Sociedad Anónima Unipersonal» y «Tecami Ofitas, Sociedad Anónima Unipersonal», en las Juntas Generales Extraordinarias y Universales, celebradas el 24 de abril de 2008, acordaron la fusión por absorción de «Cantera Galdames II, Sociedad Anónima Unipersonal» y «Tecami Ofitas, Sociedad Anónima Unipersonal» por parte de «Áridos y Canteras del Norte, Sociedad Anónima Unipersonal», con la transmisión en bloque del patrimonio social de las entidades absorbidas, que se extinguirán sin liquidación, y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la sociedad absorbente, todo ello en los términos del proyecto de fusión aprobado por los administradores de ambas sociedades y depositado en el Registro Mercantil de Vizcaya el 24 de abril de 2008. De acuerdo con el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, no procede ampliar el capital social de la Sociedad absorbente, ni la elaboración del informe de los administradores ni de expertos independientes sobre el proyecto de fusión. Se aprobaron los respectivos balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2007 y las operaciones de la absorbida se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de la absorbente desde el día 1 de enero de 2008.
Conforme a lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que se fusionan de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de dichas sociedades de oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde el último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Bilbao, 24 de abril de 2008.-El Presidente del Consejo de Administración de Áridos y Canteras del Norte, Sociedad Anónima Unipersonal, D. Manuel Ruigómez Domínguez; el Presidente del Consejo de Administración de Cantera Galdames II, Sociedad Anónima Unipersonal, D. Rafael de Ellacuría Berrio y los Administradores Mancomunados de Tecami Ofitas, Sociedad Anónima Unipersonal, don Julián García Ureta y D. Rafael de Ellacuría Berrio.-24.765. 1.ª 28-4-2008
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La empresa tiene una facturación anual superior a 2.500.000 euros.