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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 10 de julio del 2017 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE A CORUÑA

Edicto.

Doña Cristina Martínez García, Letrada de la Administración de la Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º dos de A Coruña.

El Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de A Coruña, en cumplimento de lo dispuesto en el art. 23.1 de la Ley Concursal (L.C.) para su publicación gratuita en ese boletín, anuncia:

Que el concurso arriba referenciado, número 32/2017-L de la entidad "CAMPO LOMBAO, S.L.", con CIF B-15135346, y dirección Lugar de Cuiña, 15332, Ortigueira, A Coruña, se ha dictado en fecha 27 de marzo de 2017 Auto de apertura de la fase de liquidación, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:

"Acuerdo:

1.- Acordar la apertura de la fase de liquidación del deudor entidad "CAMPO LOMBAO, S.L.", con CIF B-15135346, inscrita en el Registro Mercantil de Coruña, Hoja C-10.435, Tomo 1.428, folio 96. Con domicilio en Lugar de Cuiña, s/n, de Ortigueira, A Coruña.

2.- Acordar la formación de la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

3.- La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos lo efectos establecidos para ella en el título III de la ley.

4.- Se declara disuelta la sociedad "CAMPO LOMBAO, S.L.", cesando en su función sus Administradores, que son sustituidos por la Administración concursal.

5.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este órgano judicial y que se publicarán en el "Boletín Oficial del Estado".

6.- Inscribir en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.

7.- Requerir a la Administración concursal para que en el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.

8.- El vencimiento anticipado de los créditos concursados aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones."

Y para que sirva de notificación y su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", expido el presente edicto.

A Coruña, 19 de junio de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Empresa
  • CAMPO LOMBAO SL
Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 19/06/2017  

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