976159330 976563855
CNAE 2829 - Fabricación de otra maquinaria de uso general n.c.o.p.
B50210426
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0.5M €
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Información sobre balances y cuentas de resultados de CALDEREROS ESPECIALISTAS SLU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por CALDEREROS ESPECIALISTAS SLU o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de Talleres Mercier, S.A., celebrada el día 20 de junio de 2008 y el socio único de las sociedades unipersonales Caldereros Especialistas, S.L. y Soldadores Especialistas, S.L., por decisiones adoptadas el día 16 de junio de 2008, acordaron la fusión de las citadas sociedades, sobre la base de los balances de fusión aprobados, mediante la absorción por Talleres Mercier, S.A. de las sociedades Caldereros Especialistas, S.L. y Soldadores Especialistas, S.L. con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente y sin ampliación del capital social de la sociedad absorbente por ser ésta titular del cien por cien del capital de las sociedades absorbidas, de conformidad y con sujeción a los términos del Proyecto de Fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes, que fue depositado en el Registro Mercantil de Zaragoza el día 15 de abril de 2008, teniéndose por efectuado el depósito y extendidas las correspondientes notas al margen de la inscripción 27.ª en el tomo 2954, folio 129, hoja Z-6221 en cuanto a la sociedad Talleres Mercier, S.A., al margen de la inscripción 6.ª en el tomo 1374, folio 135, hoja Z-8622 en cuanto a la sociedad Caldereros Especialistas, S.L. y al margen de la inscripción 6.ª en el tomo 1374, folio 125, hoja Z-8621 en cuanto a la sociedad Soldadores Especialistas, S.L. La Junta General Extraordinaria de la absorbente y el socio único de las absorbidas acordaron, al amparo de lo dispuesto en el artículo 239 de la Ley de Sociedades Anónimas, considerar Balances de Fusión los últimos Balances anuales de cada sociedad, cerrados, todos ellos, al 31 de diciembre de 2007, previamente aprobados. Puesto que la Sociedad absorbente Talleres Mercier, S.A. es titular de la totalidad de las participaciones sociales de las absorbidas Caldereros Especialistas, S.L. y Soldadores Especialistas, S.L., se trata de una fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas, por lo que, en aplicación del artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, no procede aumento de capital en dicha sociedad absorbente. Las operaciones de las sociedades absorbidas se considerarán realizadas, a efectos contables, por la absorbente, que asumirá todos los derechos y obligaciones derivados de estas operaciones a partir del 1 de enero de 2008. No se otorga ningún derecho ni opción a los que se refiere la letra e) del artículo 235 de la Ley de Sociedades Anónimas ni se atribuye ventaja de ningún tipo a los Administradores de las sociedades participantes de la fusión. De conformidad con lo previsto en los artículos 238, 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de la fusión.
Durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de la Junta general, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan tienen derecho a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Zaragoza, 8 de julio de 2008.-Secretario del Consejo de Administración de Talleres Mercier, S.A., Agustín Giménez Baratech.-El Administrador único de Caldereros Especialistas, S.L., el Administrador único de Soldadores Especialistas, S.L., Ignacio Felipe Mansergas (ambas sociedades).-45.221. 2.ª 22-7-2008
Absorbente | |
Absorbida |
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Anuncio de fusión
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de Talleres Mercier, S.A., celebrada el día 20 de junio de 2008 y el socio único de las sociedades unipersonales Caldereros Especialistas, S.L. y Soldadores Especialistas, S.L., por decisiones adoptadas el día 16 de junio de 2008, acordaron la fusión de las citadas sociedades, sobre la base de los balances de fusión aprobados, mediante la absorción por Talleres Mercier, S.A. de las sociedades Caldereros Especialistas, S.L. y Soldadores Especialistas, S.L. con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente y sin ampliación del capital social de la sociedad absorbente por ser ésta titular del cien por cien del capital de las sociedades absorbidas, de conformidad y con sujeción a los términos del Proyecto de Fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes, que fue depositado en el Registro Mercantil de Zaragoza el día 15 de abril de 2008, teniéndose por efectuado el depósito y extendidas las correspondientes notas al margen de la inscripción 27.ª en el tomo 2954, folio 129, hoja Z-6221 en cuanto a la sociedad Talleres Mercier, S.A., al margen de la inscripción 6.ª en el tomo 1374, folio 135, hoja Z-8622 en cuanto a la sociedad Caldereros Especialistas, S.L. y al margen de la inscripción 6.ª en el tomo 1374, folio 125, hoja Z-8621 en cuanto a la sociedad Soldadores Especialistas, S.L. La Junta General Extraordinaria de la absorbente y el socio único de las absorbidas acordaron, al amparo de lo dispuesto en el artículo 239 de la Ley de Sociedades Anónimas, considerar Balances de Fusión los últimos Balances anuales de cada sociedad, cerrados, todos ellos, al 31 de diciembre de 2007, previamente aprobados. Puesto que la Sociedad absorbente Talleres Mercier, S.A. es titular de la totalidad de las participaciones sociales de las absorbidas Caldereros Especialistas, S.L. y Soldadores Especialistas, S.L., se trata de una fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas, por lo que, en aplicación del artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, no procede aumento de capital en dicha sociedad absorbente. Las operaciones de las sociedades absorbidas se considerarán realizadas, a efectos contables, por la absorbente, que asumirá todos los derechos y obligaciones derivados de estas operaciones a partir del 1 de enero de 2008. No se otorga ningún derecho ni opción a los que se refiere la letra e) del artículo 235 de la Ley de Sociedades Anónimas ni se atribuye ventaja de ningún tipo a los Administradores de las sociedades participantes de la fusión. De conformidad con lo previsto en los artículos 238, 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de la fusión.
Durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de la Junta general, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan tienen derecho a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Zaragoza, 8 de julio de 2008.-Secretario del Consejo de Administración de Talleres Mercier, S.A., Agustín Giménez Baratech.-El Administrador único de Caldereros Especialistas, S.L., el Administrador único de Soldadores Especialistas, S.L., Ignacio Felipe Mansergas (ambas sociedades).-45.221. 2.ª 22-7-2008
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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de Talleres Mercier, S.A., celebrada el día 20 de junio de 2008 y el socio único de las sociedades unipersonales Caldereros Especialistas, S.L. y Soldadores Especialistas, S.L., por decisiones adoptadas el día 16 de junio de 2008, acordaron la fusión de las citadas sociedades, sobre la base de los balances de fusión aprobados, mediante la absorción por Talleres Mercier, S.A. de las sociedades Caldereros Especialistas, S.L. y Soldadores Especialistas, S.L. con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente y sin ampliación del capital social de la sociedad absorbente por ser ésta titular del cien por cien del capital de las sociedades absorbidas, de conformidad y con sujeción a los términos del Proyecto de Fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes, que fue depositado en el Registro Mercantil de Zaragoza el día 15 de abril de 2008, teniéndose por efectuado el depósito y extendidas las correspondientes notas al margen de la inscripción 27.ª en el tomo 2954, folio 129, hoja Z-6221 en cuanto a la sociedad Talleres Mercier, S.A., al margen de la inscripción 6.ª en el tomo 1374, folio 135, hoja Z-8622 en cuanto a la sociedad Caldereros Especialistas, S.L. y al margen de la inscripción 6.ª en el tomo 1374, folio 125, hoja Z-8621 en cuanto a la sociedad Soldadores Especialistas, S.L. La Junta General Extraordinaria de la absorbente y el socio único de las absorbidas acordaron, al amparo de lo dispuesto en el artículo 239 de la Ley de Sociedades Anónimas, considerar Balances de Fusión los últimos Balances anuales de cada sociedad, cerrados, todos ellos, al 31 de diciembre de 2007, previamente aprobados. Puesto que la Sociedad absorbente Talleres Mercier, S.A. es titular de la totalidad de las participaciones sociales de las absorbidas Caldereros Especialistas, S.L. y Soldadores Especialistas, S.L., se trata de una fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas, por lo que, en aplicación del artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, no procede aumento de capital en dicha sociedad absorbente. Las operaciones de las sociedades absorbidas se considerarán realizadas, a efectos contables, por la absorbente, que asumirá todos los derechos y obligaciones derivados de estas operaciones a partir del 1 de enero de 2008. No se otorga ningún derecho ni opción a los que se refiere la letra e) del artículo 235 de la Ley de Sociedades Anónimas ni se atribuye ventaja de ningún tipo a los Administradores de las sociedades participantes de la fusión. De conformidad con lo previsto en los artículos 238, 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de la fusión.
Durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de la Junta general, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan tienen derecho a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Zaragoza, 8 de julio de 2008.-Secretario del Consejo de Administración de Talleres Mercier, S.A., Agustín Giménez Baratech.-El Administrador único de Caldereros Especialistas, S.L., el Administrador único de Soldadores Especialistas, S.L., Ignacio Felipe Mansergas (ambas sociedades).-45.221. 1.ª 21-7-2008
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