Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 20 de enero del 2021 del anuncio de modificaciones estatutarias en la empresa CAJA RURAL DE ALBACETE CIUDAD REAL Y CUENCA SOCIEDAD COOP, inscrito en el Registro Mercantil el día 13 de enero del 2021 con los datos de inscripción T 1026, L 790, F 29, S 8, H AB 24797, I/A 49.
24. OtrosARTICULO 24.- EMISION DE OBLIGACIONES Y OTRAS FORMULAS DE FINANCIACION. La Caja, por acuerdo de la Asamblea General, podrá emitir obligaciones, cuyo régimen de emisión se estará a lo dispuesto en la legislación aplicable. 2. Será asimismo necesario el acuerdo de la Asamblea General para la admisión de otras formas de financiación no incorporadas al ARTICULO 26.- FONDO DE RESERVA OBLIGATORIO. El Fondo de Reserva Obligatorio, de carácter irrepartible y destinado a la consolidación, desarrollo ygarantía de la Caja, estará dotado con el setenta y cinco por ciento al menos de los excedentes disponibles de cada ejercido y con las demás cantidades que preceptiva y/o normativamente deban destinarse al mismo. ARTICULO 38 bis.- Celebración y asistencia telemática. 1 El Consejo Rector podrá acordar en la convocatoria la celebración de la Asamblea General y/o Juntas reparatorias por videoconferencia, audioconferencia o por cualquier otro medio digital/ telemátio, así como, la asistencia a la Asamblea General y/o Juntas Preparatorias por medios telemáticos que garantARTICULO 48.- FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO RECTOR. 1.-El Consejo Rector deberá reunirse, al menos, una vez al mes, en sesión ordinaria, a excepción del mes de agosto en que podrá no celebrarse, y siempre que lo convoque su Presidente, o quien haga sus veces, a iniciativa propia o a petición de al menos dos Consejeros o de alguno de los Directores Generales, y ARTICULO 48 bis.- RETRIBUCION DEL CONSEJO RECTOR. POLITICA DE REMUNERACIONES. El ejercicio del cargo de miembro del Consejo Rector, por las funciones inherentes a su condición, dará derecho a una retribución y/o compensación en los términos que apruebe la Asamblea General. La retribución y/o compensación Indicada estará compuesta por una asignación fija anua. |