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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 10 de octubre del 2011 del anuncio de anuncio de fusión y absorción en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 21 de septiembre del 2011 con los datos de inscripción .


Anuncio de fusión y absorción

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, el cual remite al artículo 49 de la Ley 3/2009, se hace público que el Socio Único de la mercantil "Cafes Templo Food Services, S.L.U." y de "Cafes Morey, S.L.U.", en decisión de 12 de septiembre de 2011 y de 14 de septiembre de 2011, respectivamente, acordó la fusión por absorción mediante la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de la sociedad absorbida a favor de la sociedad absorbente, quién adquiere por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes de la misma, en los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito, en fecha 27 de julio de 2011, por los distintos Órganos de Administración de ambas compañías y depositado en el Registro Mercantil de La Rioja en fecha 8 de agosto de 2011 y en el Registro Mercantil de Palma de Mallorca en fecha 9 de agosto de 2011, el cual fue aprobado por el Socio Único de ambas compañías. Dicha fusión fue aprobada sobre la base de los balances específicos cerrados a 28 de febrero de 2011 de de dichas sociedades, también aprobados por unanimidad.

La Sociedad Absorbida, la mercantil "Cafes Morey, S.L.U." y la Sociedad Absorbente, la mercantil "Cafes Templo Food Services, S.L.U.", se encuentran íntegramente participadas por la sociedad "Tostadora Holding, S.A.U" y, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 52 del Ley 3/2009, el cual se remite al artículo 49.1 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, no procede establecer tipo de canje de las acciones ni de ampliar el capital de la Sociedad Absorbente. Tampoco procede elaborar los informes de los Administradores y expertos independientes sobre el Proyecto Común de Fusión.

En consecuencia, se procede a la disolución sin liquidación y traspaso en bloque de todo el activo y pasivo de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente. La fusión impropia referida tendrá efectos contables a partir de la fecha de otorgamiento de la escritura pública que protocolice la fusión.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión, en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionan por plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión, todo ello según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la LME.

En Logroño (La Rioja) y Palma de Mallorca a, 21 de septiembre de 2011.- D. Jesús Guillermo Flores Arnaiz, representante persona física de la sociedad "Tostadora Holding, S.A.", Administrador Único de "Cafes Templo Food Services, S.L.U." y D. Samuel Hadorn y D. Jesús Guillermo Flores Arnaiz, Administradores Mancomunados de "Cafes Morey, S.L.U.".

Absorbente
Absorbida
  • CAFES MOREY SA
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 21/09/2011  

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