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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 29 de diciembre del 2020 del anuncio de anuncio de aumento de capital en la empresa CADIZ CLUB DE FUTBOL SAD, inscrito en el Registro Mercantil el día 28 de diciembre del 2020 con los datos de inscripción Diario: 248 Sección: 2 Pág: 9733 - 9734.


Anuncio de aumento de capital

CADIZ CLUB DE FUTBOL SAD

La Junta General del Cádiz Club de Fútbol, S.A.D., ha acordado en Junta General Extraordinaria celebrada en el domicilio de la sociedad el día 26 de diciembre de 2020, en primera convocatoria, la ampliación del capital social a fin de adaptarse a las condiciones que impone el Consejo Superior de Deportes (CSD).

El referido aumento del capital social implica modificación estatutaria y ha requerido por ello su aprobación por parte de los señores accionistas conforme a mayoría prevista en los artículos 13 de los Estatutos y 201 de la Ley de Sociedades de Capital.

El aumento de Capital que fue sometido a votación y que contó con la aprobación de la mayoría absoluta del capital de la sociedad consiste en una ampliación del capital social, actualmente fijado en un millón noventa y cinco mil novecientos cincuenta y dos euros, hasta la cantidad de dos millones cuatrocientos noventa y cinco mil novecientos cincuenta y dos euros, es decir un aumento único de un millón cuatrocientos mil euros (1.400.000 €), mediante la emisión de un millón cuatrocientas mil acciones de un euro de valor nominal cada una de ellas, desde la 1.095.953 a la 2.495.952, con los mismos derechos políticos y económicos que las acciones ya existentes y en los siguientes términos:

a) Habida cuenta que la Sociedad aprobó, en Junta General de Accionistas celebrada el día 19 de mayo de 2017, un aumento de capital (el "Aumento de Capital de 2017") por el mismo importe que el que ha sido aprobado por la Junta, que es por ello trasunto fiel en su importe y finalidad que el Aumento de Capital de 2017, el cual es repetido ex novo para salvar los defectos en su convocatoria que impidieron su acceso al Registro Mercantil, se concede a los accionistas que suscribieron el Aumento de Capital de 2017, incluyendo a los que materializaron su suscripción por compensación de créditos, la posibilidad de ratificar su suscripción, manteniendo al efecto el destino y la eficacia suscriptora de los importes dinerarios depositados en la cuenta del Club en dicho momento o de los créditos entonces compensados.

b) Se reconoce el derecho de suscripción a todos los accionistas de la Sociedad en proporción a su participación en el capital social existente en el mes de mayo de 2017. La forma de suscripción podrá ser bien con cargo a aportaciones dinerarias (artículo 299 de la LSC), bien con cargo a compensación de los créditos totalmente líquidos, vencidos y exigibles que se identifican en el informe a que se refiere el artículo 301 de la Ley de Sociedades de Capital.

c) Se establecen las tres fases de suscripción siguientes:

1. En la primera fase que durará un mes desde la publicación del anuncio de esta oferta de suscripción del aumento de capital en el BORME, los accionistas que figuren inscritos y legitimados como tales en el libro de socios a la fecha de aprobación de la Junta General Extraordinaria de este acuerdo podrán realizar su suscripción, a través del ingreso en cuenta aperturada a tal efecto. Para poder llevar a cabo dicho ingreso deberán recoger el justificante en la sede social del Cádiz, C.F. de las acciones que deseen suscribir, y realizar los ingresos en la cuenta bancaria designada para ello que se corresponde con IBAN ES16 2100 2180 1902 0049 6446. Una vez realizado el ingreso, en el club se les entregará el justificante provisional de las acciones suscritas. Aquellos accionistas que acudieron a la suscripción del Aumento de Capital de 2017 que ahora se reproduce, bien por aportación dineraria o bien por compensación de créditos, pueden ratificar dichas suscripciones en esta primera fase.

2. En la segunda fase, que durará cinco días hábiles desde la publicación del resultado de la primera fase, solamente podrán acudir los accionistas que hayan suscrito acciones (o ratificado su suscripción) en la primera fase, y podrán hacerlo por la regla de la prorrata. Para ello, se faculta al Consejo de Administración del club para que una vez cerrada la primera fase, publique el resultado en la web del Club y comunique a los accionistas que suscribieron en la primera fase las acciones que cada uno de ellos pueda volver a suscribir.

3. La tercera fase, en su caso, durará cinco días hábiles desde la publicación del resultado de la fase anterior, de quedar acciones sin suscribir, y se podrá dar entrada en el capital social a aquellas personas físicas o jurídicas que tengan interés en entrar en el capital social.

Se faculta expresamente a la suscripción parcial o incompleta, respetando el derecho de suscripción preferente de los accionistas de la entidad. Quedando el capital social aumentado en la cuantía efectivamente suscrita, respetando la cifra de capital mínimo legalmente exigible.

Al finalizarse todas las fases, el Consejo de Administración deberá realizar una nueva redacción a los estatutos sociales, en aras a adaptarlos, recogiendo en los estatutos la nueva cifra de capital social.

Cádiz, 28 de diciembre de 2020.- El Presidente del Consejo de Administración del Cádiz Club de Fútbol SAD, Manuel Vizcaíno Fernández.

  • CADIZ CLUB DE FUTBOL SAD
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 28/12/2020 Diario: 248 Sección: 2 Pág: 9733 - 9734 

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