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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 18 de enero del 2014 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE OVIEDO

En este Juzgado se sigue procedimiento concurso voluntario abreviado número 512/08 en el que ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

Sentencia N.º 136/2013

En Oviedo, a 26 de Diciembre de 2013, el Ilmo. Sr. D. Alfonso Muñoz Paredes, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo, ha visto los autos de Pieza de Calificación seguidos ante este Juzgado, siendo parte actora la administración concursal, que compareció bajo la asistencia letrada del Sr. Álvarez Riestra, y el Ministerio Fiscal, y demandados Cabual S.A., que compareció en los autos representada por la Procuradora Sra. González Escolar y bajo asistencia letrada, Regino Fernández Bueno, que compareció en los autos representada por la Procurador Sra. Álvarez Briso Montiano y bajo asistencia letrado del Sr. Menéndez Llana, y Rafael Álvarez Llanes y Francisco Manuel Álvarez García, ambos en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Calificar como culpable el concurso de la entidad CABUAL, S.A., con los efectos siguientes:

Primero.- Declarar personas afectadas por la calificación a Regino Fernández Bueno, Rafael Álvarez Llanes y Francisco Manuel Álvarez García.

Segundo.- Declarar la inhabilitación de Regino Fernández Bueno, Rafael Álvarez Llanes y Francisco Manuel Álvarez García para administrar los bienes ajenos durante un período de 5 años, así como para representar o administrar a cualquier persona durante el mismo período.

Tercero.- Condenar de forma solidaria a Regino Fernández Bueno, Rafael Álvarez Llanes y Francisco Manuel Álvarez García a pagar a la masa activa del concurso el 50% del importe de todos los créditos que resulten insatisfechos como consecuencia de la liquidación, cualquiera que sea su calificación concursal o contra la masa.

Cuarto.- No ha lugar a la imposición de costas.

Una vez firme esta sentencia, líbrese mandamiento al Registro Mercantil de Asturias para la inscripción de la sanción de inhabilitación.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación que se interpondrá en el plazo de veinte días a contar desde el día siguiente al de su notificación.

Para interponer el recurso al que se refiere el párrafo anterior, es necesario constituir un depósito de 50 euros que se consignará en la siguiente cuenta de este juzgado, si el ingreso se efectuase en "ventanilla": 2274 0000 02 0512 08.

Se debe indicar, en el campo "concepto" que se trata de un ingreso para interponer un recurso de apelación en la Sección Sexta.

Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, el número de cuenta será: 0030 1846 42 000 500 1274, y en "concepto" además de lo expuesto en el párrafo que antecede se añadirá, "Juzgado Mercantil (2274 0000 02 0512 08)".

Así lo pronuncia, manda y firma el Ilmo. Sr. D. Alfonso Muñoz Paredes, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo.

Oviedo, 27 de diciembre de 2013.- El/La Secretario Judicial.

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  • CABUAL SA
Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 27/12/2013  

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