Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 29 de octubre del 2015 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.
Don Luis Miguel Gonzalo Capellin, Secretario Judicial del Juzgado de los Mercantil 1 Barcelona.
Hago Saber: Que en los autos con N.I.G. 08019-47-1-2015-8006677 y nº 672/2015-H se ha declarado el concurso voluntario de la mercantil Caba 34 Reformas y Rehabilitaciones, S.L. con C.I.F. B-61751996 y domicilio en la C/ de Barcelona 34. Atico (08302), mediante auto de fecha 10/9/15 en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento ordinario.
El Administrador concursal es D./Dª Jordi Albiols Plans, con domicilio en C/ Escoles Pies 102. Barcelona 08017 y correo electrónico [email protected]
Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en c/ Escoles Pies 102. Barcelona 08017, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.
La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicaran además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalara un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resultan necesarias o convenientes. Se acompañara copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
Los acreedores tiene derecho a comparecer y personarse en las actuaciones designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.
Barcelona, 2 de octubre de 2015.- El Secretario Judicial.
| Empresa |
|