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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 18 de mayo del 2015 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE BARCELONA

Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil número 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado.- Mercantil número 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, número 111, Edificio C, 12.ª Planta.

Numero de Asunto.- Concurso Necesario 27/2014, 4.º

Tipo de Concurso.- Necesario.

Entidad Instante del Concurso y NIF.- Gepro XXI, S.L., B-62.215.009.

Fecha del Auto de Declaración.- 12 mayo 2014.

Administradores Concursales.- Bufete Rabionet&Associats, S.A.P., con CIF A-61441796, el cual designa a Joaquin Bordas Montoliu, con NIF 00000000X, domiciliado en Barcelona, Avda. Pau Casals, Ppal. 1.ª, como titulado mercantil, con correo electrónico [email protected]

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Régimen de las facultades de la concursada.- Intervención.

Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán pone en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de Un Mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente al juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado y procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 15 de abril de 2015.- El Secretario Judicial.

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  • BUFETE RABIONET & ASSOCIATS SAP
Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 15/04/2015  

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