Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 02 de octubre del 2019 del anuncio de modificaciones estatutarias en la empresa BODEGAS Y VIÑEDOS LLEIROSO SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 25 de septiembre del 2019 con los datos de inscripción T 1396, F 193, S 8, H VA 12821, I/A 10.
Artículo 9.- Son órganos de la Sociedad, la Junta General De Accionistas, como supremo órgano deliberante en que se manifiesta la voluntad social, por decisión de la mayoría, en los asuntos de su incumbencia y el Organo de Administración que elija la Junta General de Accionistas, al que Artículo 17.- La administración de la Sociedad se podrá confiar: a) A un Administrador Unico. b) A dos como mínimo o a siete como máximo Administradores, que actúen solidaria o conjuntamente. Si son conjuntos o mancomunados, el poder de representación requerirá la actuación de dos cualesquiera de Artículo 18.- No podrán integrar el Organo de Administración personas incursas en cualquier causa legal de incompatibilidad o prohibición, entre ellas las contenidas en las Leyes y demás normativa vigente, y en especial, la aplicable de las Comunidades Autónomas.. Artículo 19.- La duración del cargo de Administrador, único, varios o consejero, será por periodos de seis -6- años, pudiendo ser reelegidos, una o más veces, por periodos de igual duración. Vencido el plazo, el nombramiento caducará cuando se haya celebrado la siguiente Junta General o hay Artículo 20.- El cargo de Administrador, único, varios o consejero, no será retribuido.. Artículo 21.- El Organo de Administración representará a la Sociedad ante toda clase de Juzgados, Tribunales, Autoridades, Funcionarios, Centros, Dependencias, Jefaturas, Entidades, Consejerías, Direcciones Generales, Organismos, Servicios y Oficinas, tanto municipales, provinciales, de Comunidades. |