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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 13 de julio del 2020 del anuncio de anuncio de escisión en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 25 de junio del 2020 con los datos de inscripción Diario: 133 Sección: 2 Pág: 4340 - 4340.


Anuncio de escisión

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 en relación con el artículo 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME) se comunica que por acuerdo de las Juntas de la sociedades INÉS MARTÍN ALCALDE DESIGNS, S.L. (Sociedad escindida), y BLASA Y TOMASA, S.L. (Sociedad beneficiaria), se decidió con fecha 22 de mayo de presente año, aprobar la escisión parcial de la sociedad escindida, sin extinción de la misma, mediante la trasmisión en bloque y por sucesión universal de una parte de su patrimonio (constituida por la unidad económica que agrupa los activos y pasivos afectos a la actividad económica consistente en el diseño, confección, compra y venta de vestidos de fiesta) a favor de la sociedad BLASA Y TOMASA, S.L.(Sociedad beneficiaria), adquiriendo esta última todos los derechos y obligaciones que integran el patrimonio adscrito a la indicada unidad económica y adjudicándose la sociedad INÉS MARTÍN ALCALDE DESIGNS, S.L., la totalidad de las nuevas participaciones sociales de la sociedad beneficiaria ( la escisión Parcial)

Se hace constar que la Escisión parcial se acoge al procedimiento simplificado establecido en el artículo 49 de la LME, por remisión de los artículos 73 de la misma Ley. En consecuencia no es necesario preparar informe de los administradores, ni informe de expertos independientes. Se renuncia expresamente al Aumento de Capital de la sociedad beneficiaria.

Igualmente se hace constar que, de acuerdo con el artículo 42 en relación con el 73 de la LME, no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto de escisión.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la LME se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la Escisión Parcial de obtener el texto íntegro del acuerdo de Escisión Parcial adoptado y del balance de escisión de cada una de las sociedades, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales.

Asimismo, se hace constar el derecho que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades que participan en la Escisión Parcial de oponerse a la misma, con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de Escisión Parcial, en los términos señalados en el artículo 44 de la LME.

Madrid, 25 de junio de 2020.- Los Administradores solidarios, Inés Martín Alcalde y Leticia Colas Aparicio.

Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 25/06/2020 Diario: 133 Sección: 2 Pág: 4340 - 4340 

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