CNAE 5610 - Restaurantes y puestos de comidas
B28858934
04/08/1983
41 años
-
0.5M €
Madrid
Información sobre balances y cuentas de resultados de BLANCO ROMERO CAFETERIAS SL depositados en el Registro Mercantil de Madrid en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | 2019 3 horas | 2020 3 horas | Consultar en Axesor | |||
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Entidad | Relación | Entidad/Relación | Desde | Hasta |
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Romero De Moya Maria Del Carmen | Adm. Mancom. | Romero De Moya Maria Del Carmen Adm. Mancom. | 20/01/2012 |
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por BLANCO ROMERO CAFETERIAS SL o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión
De conformidad con el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en las Juntas Generales Universales de «Martín Chavarría, Sociedad Limitada», y de «Blanco Romero Cafeterías, Sociedad Limitada», celebradas ambas el día 29 de diciembre de 2005, respectivamente, aprobaron por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante absorción por «Martín Chavarría, Sociedad Limitada», de «Blanco Romero Cafeterías, Sociedad Limitada», conforme al proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las dos sociedades, depositado en el Registro Mercantil de Madrid el día 28 de diciembre de 2005, extinguiéndose y disolviéndose sin liquidación «Blanco Romero Cafeterías, Sociedad Limitada», transmitiendo en bloque su patrimonio social a «Martín Chavarría, Sociedad Limitada», y en consecuencia la sociedad absorbente se subroga en todos los derechos y obligaciones de la entidad absorbida, sin limitación alguna, tomando el día 1 de noviembre de 2005, como fecha a partir de la cual las operaciones que se realicen por la sociedad absorbida se considerarán computables a efectos contables en la sociedad absorbente. La fusión se acordó con la aprobación de los respectivos balances de fusión de 31 de octubre de 2005, sin modificaciones de capital al ser propietaria la sociedad absorbente de la totalidad de las participaciones sociales de la absorbida y sin conceder ventajas especiales a los Administradores, quedando subrogada la sociedad absorbente en todas las relaciones jurídicas y económicas de la sociedad absorbida. Se manifiesta que las sociedades han acordado con motivo de la fusión que la denominación resultante que conservará la absorbente sea de la absorbida, así la sociedad «Martín Chavarría, Sociedad Limitada», comienza a denominarse tras la fusión «Blanco Romero Cafeterías, Sociedad Limitada», señalando que el texto de la modificación ha sido puesta a disposición de los socios. En consecuencia el único artículo de los Estatutos sociales de la absorbente que se modifica es el primero que queda como sigue: «Artículo 1.º Denominación Social. La compañía mercantil de responsabilidad limitada denominada Blanco Romero Cafeterías, Sociedad Limitada, se regirá por los presentes Estatutos, y en cuanto en ellos no estuviera previsto, por la vigente Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada de 23 de marzo de 1995, así como y en su defecto, por el Código de Comercio y las demás disposiciones legales que le sean de aplicación».
De conformidad con lo previsto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades afectadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión de cada una de las sociedades y que asimismo a los acreedores de ambas sociedades fusionadas les asiste el derecho de oposición a la fusión, durante el transcurso de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos adoptados en las respectivas Juntas Generales, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 3 de enero de 2006.-Los Administradores Mancomunados de «Martín Chavarría, Sociedad Limitada», Ángel Chavarría Romero, María del Carmen Romero de Moya, Jesús Chavarría Blanco y Dalia Blanco Castellanos.-Los Administradores Mancomunados de «Blanco Romero Cafeterías, Sociedad Limitada», Ángel Chavarría Romero, Ángel Chavarría Escalada y Jesús Chavarría Blanco.-361. y 3.ª 12-1-2006
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Anuncio de fusión
De conformidad con el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en las Juntas Generales Universales de «Martín Chavarría, Sociedad Limitada», y de «Blanco Romero Cafeterías, Sociedad Limitada», celebradas ambas el día 29 de diciembre de 2005, respectivamente, aprobaron por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante absorción por «Martín Chavarría, Sociedad Limitada», de «Blanco Romero Cafeterías, Sociedad Limitada», conforme al proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las dos sociedades, depositado en el Registro Mercantil de Madrid el día 28 de diciembre de 2005, extinguiéndose y disolviéndose sin liquidación «Blanco Romero Cafeterías, Sociedad Limitada», transmitiendo en bloque su patrimonio social a «Martín Chavarría, Sociedad Limitada», y en consecuencia la sociedad absorbente se subroga en todos los derechos y obligaciones de la entidad absorbida, sin limitación alguna, tomando el día 1 de noviembre de 2005, como fecha a partir de la cual las operaciones que se realicen por la sociedad absorbida se considerarán computables a efectos contables en la sociedad absorbente. La fusión se acordó con la aprobación de los respectivos balances de fusión de 31 de octubre de 2005, sin modificaciones de capital al ser propietaria la sociedad absorbente de la totalidad de las participaciones sociales de la absorbida y sin conceder ventajas especiales a los Administradores, quedando subrogada la sociedad absorbente en todas las relaciones jurídicas y económicas de la sociedad absorbida. Se manifiesta que las sociedades han acordado con motivo de la fusión que la denominación resultante que conservará la absorbente sea de la absorbida, así la sociedad «Martín Chavarría, Sociedad Limitada», comienza a denominarse tras la fusión «Blanco Romero Cafeterías, Sociedad Limitada», señalando que el texto de la modificación ha sido puesta a disposición de los socios. En consecuencia el único artículo de los Estatutos sociales de la absorbente que se modifica es el primero que queda como sigue: «Artículo 1.º Denominación Social. La compañía mercantil de responsabilidad limitada denominada Blanco Romero Cafeterías, Sociedad Limitada, se regirá por los presentes Estatutos, y en cuanto en ellos no estuviera previsto, por la vigente Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada de 23 de marzo de 1995, así como y en su defecto, por el Código de Comercio y las demás disposiciones legales que le sean de aplicación».
De conformidad con lo previsto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades afectadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión de cada una de las sociedades y que asimismo a los acreedores de ambas sociedades fusionadas les asiste el derecho de oposición a la fusión, durante el transcurso de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos adoptados en las respectivas Juntas Generales, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 3 de enero de 2006.-Los Administradores Mancomunados de «Martín Chavarría, Sociedad Limitada», Ángel Chavarría Romero, María del Carmen Romero de Moya, Jesús Chavarría Blanco y Dalia Blanco Castellanos.-Los Administradores Mancomunados de «Blanco Romero Cafeterías, Sociedad Limitada», Ángel Chavarría Romero, Ángel Chavarría Escalada y Jesús Chavarría Blanco.-361. 2.ª 11-1-2006
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Anuncio de fusión
De conformidad con el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en las Juntas Generales Universales de «Martín Chavarría, Sociedad Limitada», y de «Blanco Romero Cafeterías, Sociedad Limitada», celebradas ambas el día 29 de diciembre de 2005, respectivamente, aprobaron por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante absorción por «Martín Chavarría, Sociedad Limitada», de «Blanco Romero Cafeterías, Sociedad Limitada», conforme al proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las dos sociedades, depositado en el Registro Mercantil de Madrid el día 28 de diciembre de 2005, extinguiéndose y disolviéndose sin liquidación «Blanco Romero Cafeterías, Sociedad Limitada», transmitiendo en bloque su patrimonio social a «Martín Chavarría, Sociedad Limitada», y en consecuencia la sociedad absorbente se subroga en todos los derechos y obligaciones de la entidad absorbida, sin limitación alguna, tomando el día 1 de noviembre de 2005, como fecha a partir de la cual las operaciones que se realicen por la sociedad absorbida se considerarán computables a efectos contables en la sociedad absorbente. La fusión se acordó con la aprobación de los respectivos balances de fusión de 31 de octubre de 2005, sin modificaciones de capital al ser propietaria la sociedad absorbente de la totalidad de las participaciones sociales de la absorbida y sin conceder ventajas especiales a los Administradores, quedando subrogada la sociedad absorbente en todas las relaciones jurídicas y económicas de la sociedad absorbida. Se manifiesta que las sociedades han acordado con motivo de la fusión que la denominación resultante que conservará la absorbente sea de la absorbida, así la sociedad «Martín Chavarría, Sociedad Limitada», comienza a denominarse tras la fusión «Blanco Romero Cafeterías, Sociedad Limitada», señalando que el texto de la modificación ha sido puesta a disposición de los socios. En consecuencia el único artículo de los Estatutos sociales de la absorbente que se modifica es el primero que queda como sigue: «Artículo 1.º Denominación Social. La compañía mercantil de responsabilidad limitada denominada Blanco Romero Cafeterías, Sociedad Limitada, se regirá por los presentes Estatutos, y en cuanto en ellos no estuviera previsto, por la vigente Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada de 23 de marzo de 1995, así como y en su defecto, por el Código de Comercio y las demás disposiciones legales que le sean de aplicación».
De conformidad con lo previsto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades afectadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión de cada una de las sociedades y que asimismo a los acreedores de ambas sociedades fusionadas les asiste el derecho de oposición a la fusión, durante el transcurso de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos adoptados en las respectivas Juntas Generales, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 3 de enero de 2006.-Los Administradores Mancomunados de «Martín Chavarría, Sociedad Limitada», Ángel Chavarría Romero, María del Carmen Romero de Moya, Jesús Chavarría Blanco y Dalia Blanco Castellanos.-Los Administradores Mancomunados de «Blanco Romero Cafeterías, Sociedad Limitada», Ángel Chavarría Romero, Ángel Chavarría Escalada y Jesús Chavarría Blanco.-361. 1.ª 10-1-2006
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BLANCO ROMERO CAFETERIAS SL inscrita en el Registro Mercantil de Madrid. y con domicilio en MadridSu clasificación nacional de actividades económicas es Restaurantes y puestos de comidas.
La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.
BLANCO ROMERO CAFETERIAS SL tiene 0 cargos directivos en activo y 1 cargos directivos históricos.