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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 22 de junio del 2020 del anuncio de anuncio de fusión y absorción en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 10 de junio del 2020 con los datos de inscripción Diario: 118 Sección: 2 Pág: 3572 - 3572.


Anuncio de fusión y absorción

Anuncio de fusión.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el 1 de junio de 2020, el socio único de las sociedades BANESCO HOLDING FINANCIERO, S.L.U. ("Sociedad Absorbente"), y BANESCO HOLDING DE ENTIDADES ASEGURADORAS, S.L.U. ("Sociedad Absorbida"), constituido en sendas Juntas Generales Ordinarias y Universales ambas compañías, aprobó la fusión por absorción de BANESCO HOLDING DE ENTIDADES SEGURADORAS, S.L.U., por BANESCO HOLDING FINANCIERO, S.L.U., sobre la base del proyecto común de fusión de fecha 1 de mayo de 2020, con disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, y la transmisión en bloque de su patrimonio íntegro a la Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida.

El acuerdo de fusión se aprobó en los términos previstos en el proyecto común de fusión formulado y aprobado por los Órganos de Administración de las sociedades intervinientes el 1 de mayo de 2020. La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la LME por remisión del artículo 52 al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida están íntegramente participadas por el mismo socio. En consecuencia, no resulta necesario para esta fusión (i) la inclusión en el proyecto común de fusión de las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 de la LME, (ii) los informes de administradores y expertos independientes sobre el proyecto común de fusión y (iii) el aumento de capital de la sociedad absorbente.

En virtud del artículo 42.1 de la LME, al haberse adoptado el acuerdo de fusión, en cada una de las sociedades que participan en la fusión, en Junta Universal y por decisión unánime del socio único, no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto común de fusión.

Se han utilizado como balances de fusión los balances de ambas sociedades participantes en la fusión cerrados a 31 de diciembre de 2019, aprobados previamente por sus respectivas Juntas Generales.

Las operaciones de la Sociedad Absorbida se entenderán realizadas a efectos contables por la Sociedad Absorbente a partir del 1 de enero de 2020.

A los efectos de lo establecido en el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y los balances de fusión aprobados. Se informa igualmente a los señores acreedores de su derecho de oposición, en los términos del artículo 44 de la LME.

Madrid, 10 de junio de 2020.- El Presidente del Consejo de Administración de Banesco Holding Financiero, S.L.U., y Administrador único de Banesco Holding de Entidades Aseguradoras, S.L.U., Miguel Ángel Marcano Cartea.

Absorbente
Absorbida
  • BANESCO HOLDING DE ENTIDADES ASEGURADORAS SL
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 10/06/2020 Diario: 118 Sección: 2 Pág: 3572 - 3572 

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