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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 07 de octubre del 2008 del anuncio de anuncio de convocatoria de junta en la empresa BANCO DE CREDITO BALEAR SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 06 de octubre del 2008 con los datos de inscripción .


Anuncio de convocatoria de Junta

BANCO DE CREDITO BALEAR SA

Junta general extraordinaria de accionistas

El Consejo de Administración ha acordado convocar Junta general extraordinaria de accionistas para el día 8 de noviembre de 2008, a las 13,00 horas, en Palma de Mallorca, plaza de España, n.º 1, con el siguiente

Orden del día

Primero.-Aprobación del proyecto de fusión de «Banco Popular Español, S. A.», «Banco de Castilla, S. A.», «Banco de Crédito Balear, S. A.», «Banco de Galicia, S. A.» y «Banco de Vasconia, S. A.» Aprobación del balance de fusión cerrado a 30 de junio de 2008. Aprobación de la fusión de «Banco Popular Español, S. A.», «Banco de Castilla, S. A.», «Banco de Crédito Balear, S. A.», «Banco de Galicia, S. A.» y «Banco de Vasconia, S. A.», mediante la absorción de las cuatro últimas por la primera, con extinción de las cuatro sociedades absorbidas y el traspaso en bloque, a título universal, de sus respectivos patrimonios a «Banco Popular Español, S. A.», de conformidad con los términos establecidos en el proyecto de fusión. Acogimiento de la fusión al régimen fiscal del Capítulo VIII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Segundo.-Delegación de facultades en el Consejo de Administración, con facultad de sustitución, para la formalización, interpretación, subsanación y ejecución más plena de los acuerdos que adopte la Junta general.

Asistencia: La Junta general se compondrá por los accionistas que posean, como mínimo, el uno por mil del capital social, quienes se proveerán en la Oficina del accionista de «Banco de Crédito Balear» de una tarjeta de asistencia.

Los accionistas que posean menor cantidad podrán hacerse representar por otro accionista con derecho de asistencia, o por cualquiera de los que al agruparse integren el mínimo antes fijado. La asistencia personal a la Junta del accionista revocará cualquier delegación o voto efectuado con anterioridad.

Derecho de información: Los señores accionistas, obligacionistas y titulares de derechos especiales distintos de las acciones, tienen derecho a examinar y obtener en el domicilio (plaza de España, n.º 1, de Palma de Mallorca), así como en la web institucional www.bancocreditobalear.es el texto íntegro de los documentos que se relacionan a continuación, así como obtener su entrega o su envío inmediato y gratuito: El proyecto de fusión.

Los informes de los Administradores de cada una de las sociedades participantes sobre el proyecto de fusión. Las cuentas anuales y el informe de gestión de los tres últimos ejercicios de las sociedades que participan en la fusión con el correspondiente informe de los Auditores de cuentas. El Balance de fusión de cada una de las sociedades participantes cerrado a 30 de junio de 2008, acompañado de los respectivos informes de verificación emitidos por el Auditor de cuentas. Las propuestas de acuerdos sociales correspondiente a los puntos del orden del día de la Junta general que se someten a la Junta. El informe del experto independiente sobre el proyecto de fusión. El texto íntegro de la modificación estatutaria propuesta en la sociedad absorbente. Los Estatutos sociales vigentes de las sociedades que participan en la fusión. La relación de nombres, apellidos, nacionalidad, edad, domicilio y fecha desde la que desempeñan sus cargos de los Administradores de las sociedades que participan en la fusión.

Esta misma documentación estará a disposición de los representantes de los trabajadores, para su examen, en el domicilio social.

Cualquier consulta sobre la Junta y cuanta información precisen los accionistas acerca de la sociedad les será atendida o facilitada en la Oficina del Accionista, teléfono 971-170127, fax 971-170130 y correo electrónico [email protected], o a través de la web institucional www.bancocreditobalear.es

Menciones relativas al proyecto de fusión:

Primera. Identificación de las sociedades participantes en la fusión.-La sociedad absorbente es «Banco Popular Español, S. A.», de nacionalidad española, con domicilio en Madrid, calle Velázquez, 34, esquina a Goya, 35, y código de identificación fiscal (CIF) A-28000727. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, en el tomo 16.219 general, Libro 0, Folio 187, hoja M-2715, inscripción 1ª y en el Registro de Bancos y Banqueros con el número 0075. Las sociedades absorbidas son:

«Banco de Castilla, S. A.», de nacionalidad española, con domicilio en Salamanca, plaza de los Bandos, n.º 10, y código de identificación fiscal (CIF) A-37000163. Inscrita en el Registro Mercantil de Salamanca al tomo 14, sección 3.ª del Libro de Sociedades, hoja 189, inscripción 76.ª y en el Registro de Bancos y Banqueros con el número 0082.

«Banco de Crédito Balear, S. A.», de nacionalidad española, con domicilio en Palma de Mallorca, plaza de España, número 1, y código de identificación fiscal (CIF) A-07000136. Inscrita en el Registro Mercantil de Baleares al tomo 21, libro 190, hoja número 875, inscripción 1.ª y en el Registro de Bancos y Banqueros con el número 0024. «Banco de Galicia, S. A.», de nacionalidad española, con domicilio en Vigo (Pontevedra), calle Policarpo Sanz, n.º 23, y código de identificación fiscal (CIF) A-36600229. Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al folio 139 del libro 827 de Sociedades, hoja número 2304, inscripción 557.ª y en el Registro de Bancos y Banqueros con el número 0097. «Banco de Vasconia, S. A.», de nacionalidad española, con domicilio en Pamplona, plaza del Castillo, n.º 39, y código de identificación fiscal (CIF) A-31000417. Inscrita en el Registro Mercantil de Navarra al tomo 167 general del Libro de Sociedades, folio 1, hoja número NA-1240, inscripción 937.ª y en el Registro de Bancos y Banqueros con el número 0095.

Segunda. Tipo de canje de las acciones.-El tipo de canje, determinado sobre la base del valor real de los patrimonios de las sociedades participantes en la fusión, será el siguiente: Cinco (5) acciones de «Banco Popular Español, S. A.», por tres (3) acciones de «Banco de Castilla, S. A.»; Dieciséis (16) acciones de «Banco Popular Español, S. A.», por siete (7) acciones de «Banco de Crédito Balear, S. A.»; Dos (2) acciones de «Banco Popular Español, S. A.», por una (1) acción de «Banco de Galicia, S. A.», y siete (7) acciones de «Banco Popular Español, S. A.», por cinco (5) acciones de «Banco de Vasconia, S. A.»

No está prevista la existencia de compensación complementaria alguna en dinero, salvo en el caso de que sea necesario establecer mecanismos orientados a facilitar la realización del canje a aquellos accionistas de «Banco de Castilla, S. A.», «Banco de Crédito Balear, S. A.» y «Banco de Vasconia, S. A.» que sean titulares de un número de acciones que no sea múltiplo del número resultante de la ecuación de canje, a través de la adquisición de picos de acciones. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 249 de la Ley de Sociedades Anónimas, las acciones de «Banco de Castilla, S. A.», «Banco de Crédito Balear, S. A.», «Banco de Galicia, S. A.» y «Banco de Vasconia, S. A.», titularidad de «Banco Popular Español, S. A.», no podrán canjearse por acciones de «Banco Popular» y serán amortizadas. Tercera. Ampliación del capital social para atender el canje de acciones.- «Banco Popular» es titular de 41.291.024 acciones de «Banco de Castilla, S. A.», 9.088.178 acciones de «Banco de Crédito Balear, S. A.», 28.463.390 acciones de «Banco de Galicia, S. A.» y 30.981.290 acciones de «Banco de Vasconia, S. A.» Para cubrir la ecuación de canje de la fusión, «Banco Popular Español, S. A.» realizará un aumento de su capital social por un importe nominal de dos millones treinta mil ochocientos un euros con diez céntimos de euro (2.030.801,10 €), mediante la emisión y puesta en circulación de veinte millones trescientas ocho mil once acciones ordinarias (20.308.011) de 0,10 euros de valor nominal cada una, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación, representadas mediante anotaciones en cuenta. En el referido aumento de capital social, se considerará prima de emisión la diferencia entre el precio de cotización de las acciones de «Banco Popular» al cierre de mercado del día 24 de septiembre de 2008 y el valor nominal de las nuevas acciones que emita «Banco Popular». Por tanto, el aumento de capital se emitirá con una prima de emisión conjunta de 173.836.574,16 euros, lo que supone una prima de emisión de 8,56 euros por cada una de las acciones emitidas. Tanto el valor nominal de dichas acciones como la correspondiente prima de emisión quedarán enteramente desembolsados como consecuencia de la transmisión en bloque del patrimonio social de las sociedades absorbidas a «Banco Popular», que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de las cuatro sociedades. Como consecuencia de la ampliación del capital social se someterá a la aprobación de la Junta general de accionistas de «Banco Popular Español, S. A.» la modificación del punto primero del artículo final de los Estatutos sociales, cuya redacción, una vez suscrito y desembolsado en su totalidad el aumento, será la siguiente:

«Artículo final.-1. El capital está cifrado en la suma de ciento veintitres millones quinientos setenta y cuatro mil cincuenta y cinco euros con diez céntimos de euro (123.574.055,10 €), representado por mil doscientos treinta y cinco millones setecientos cuarenta mil quinientas cincuenta y una acciones (1.235.740.551), representadas por medio de anotaciones en cuenta desde el 14 de diciembre 1992. El capital social se halla totalmente desembolsado.»

Cuarta. Procedimiento de canje de las acciones.-El procedimiento de canje de las acciones de «Banco de Castilla, S. A.», «Banco de Crédito Balear, S. A.», «Banco de Galicia, S. A.» y «Banco de Vasconia, S. A.» por acciones de «Banco Popular Español, S. A.» será el siguiente:

(a) Acordada la fusión por las Juntas generales de accionistas de las cinco sociedades participantes, presentada ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores, en el supuesto de que sea necesario, la documentación equivalente a que se refieren los artículos 26.1.d), 41.1.c) y concordantes del Real Decreto 1310/2005, de 4 de noviembre, e inscrita la escritura de fusión en el Registro Mercantil de Madrid, se procederá al canje de las acciones de «Banco de Castilla, S. A.», «Banco de Crédito Balear, S. A.», «Banco de Galicia, S. A.» y «Banco de Vasconia, S. A.» por acciones de «Banco Popular Español, S. A.»

(b) El canje se realizará a partir de la fecha que se indique en los anuncios que se publicarán en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil», en uno de los diarios de mayor circulación de las provincias donde las sociedades participantes en la fusión tienen sus respectivos domicilios sociales y, caso de resultar preceptivo, en los Boletines de cotización de las Bolsas españolas. A tal efecto, «Banco Popular Español, S. A.», previsiblemente -o, en su caso, otra entidad financiera- actuará como Agente, de acuerdo con los mencionados anuncios. (c) El canje de las acciones de «Banco de Castilla, S. A.», «Banco de Crédito Balear, S. A.», «Banco de Galicia, S. A.» y «Banco de Vasconia, S. A.» por acciones de «Banco Popular Español, S. A.» se efectuará a través de las entidades participantes en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S. A. U. (Iberclear), que sean depositarias de las mismas, con arreglo a los procedimientos establecidos para el régimen de las anotaciones en cuenta, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 116/1992, de 14 de febrero, y con aplicación de lo previsto en el artículo 59 de la L.S.A. en lo que proceda. (d) Los accionistas que sean poseedores de acciones que representen una fracción del número de acciones de «Banco de Castilla, S. A.», «Banco de Crédito Balear, S. A.» y «Banco de Vasconia, S. A.» fijado como tipo de canje podrán adquirir o transmitir acciones para proceder a canjearlas según dicho tipo de canje. Sin perjuicio de ello, las sociedades intervinientes en la fusión podrán establecer mecanismos orientados a facilitar la realización del canje a aquellos accionistas de «Banco de Castilla, S. A.», «Banco de Crédito Balear, S. A.» y «Banco de Vasconia, S. A.» que sean titulares de un número de acciones que no sea múltiplo del número resultante de la ecuación de canje, incluyendo la designación de un Agente de picos. (e) Como consecuencia de la fusión, las acciones de «Banco de Castilla, S. A.», «Banco de Crédito Balear, S. A.», «Banco de Galicia, S. A.» y «Banco de Vasconia, S. A.» quedarán plenamente extinguidas y anuladas. Quinta. Balances de fusión.-Los Balances de fusión de las entidades participantes en la fusión son los cerrados a 30 de junio de 2008, formulados por sus respectivos Consejos de Administración con fecha de 25 de septiembre de 2008. Todos los Balances de fusión han sido verificados por «PricewaterhouseCoopers Auditores, S. L.», Auditor de cuentas de las sociedades. Sexta. Fecha a partir de la cual las acciones entregadas en canje dan derecho a participar en las ganancias sociales.-Las acciones que «Banco Popular Español, S. A.» emita en la ampliación de capital para atender el canje serán acciones ordinarias, iguales a las actualmente en circulación y estarán representadas por medio de anotaciones en cuenta. Las nuevas acciones conferirán a sus titulares desde la fecha de su inscripción en los registros contables de Iberclear los mismos derechos políticos que las acciones actualmente en circulación. En cuanto a los derechos económicos, las nuevas acciones darán derecho a las ganancias sociales que se distribuyan a partir del 17 de enero de 2009, inclusive. Séptima. Fecha de efectos contables de la fusión.-Las operaciones de «Banco de Castilla, S. A.», «Banco de Crédito Balear, S. A.», «Banco de Galicia, S. A.» y «Banco de Vasconia, S. A.» se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de «Banco Popular Español, S. A.» a partir del día 30 de junio de 2008. Octava. Derechos especiales.-No existen titulares de acciones de clases especiales ni de derechos especiales distintos de las acciones en las sociedades absorbidas, por lo que no procede el otorgamiento de ningún derecho especial ni el ofrecimiento de ningún tipo de opciones. Las acciones de «Banco Popular Español, S. A.» que se entreguen a los accionistas de «Banco de Castilla, S. A.», «Banco de Crédito Balear, S. A.», «Banco de Galicia, S. A.» y «Banco de Vasconia, S. A.» por virtud de la fusión no otorgarán a sus titulares derecho especial alguno. Novena. Ventajas atribuidas a los expertos independientes y a los Administradores.-No se atribuirán en la sociedad absorbente ninguna clase de ventajas al experto independiente que intervenga en el proceso de fusión, ni a los Administradores de ninguna de las entidades participantes en la fusión. Décima. Régimen fiscal.-La fusión se acogerá al régimen fiscal del Capítulo VIII del Título VII del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004.

Delegación y voto mediante sistemas de comunicación a distancia: Los accionistas podrán ejercer los derechos de delegación y voto mediante correspondencia postal, con respecto a cada uno de los acuerdos que se someten a la Junta en el orden del día, siguiendo las instrucciones que figuran en la correspondiente tarjeta de delegación y voto a distancia que está a su disposición en cualquiera de las oficinas de «Banco de Crédito Balear» y en la Oficina del accionista.

Para el ejercicio de los derechos de delegación y voto mediante sistemas electrónicos de comunicación a distancia (a través de la web institucional www.bancocreditobalear.es o a través de teléfono móvil accediendo a la dirección www.grupobancopopular.mobi), los accionistas deberán seguir los procedimientos e instrucciones y ajustarse a las condiciones que a tal efecto se indican en el apartado «Junta general extraordinaria 2008» de la citada web institucional. Las delegaciones y los votos emitidos mediante correspondencia postal o mediante sistemas electrónicos de comunicación a distancia deberán recibirse con, al menos, veinticuatro horas de antelación a la celebración de la Junta, no computándose aquellos votos que se reciban con posterioridad.

La sociedad se reserva el derecho a modificar o suspender los mecanismos de delegación o voto por medios electrónicos por razones técnicas o de seguridad.

Madrid, 6 de octubre de 2008.-El Secretario del Consejo de Administración, Francisco Javier Zapata Cirugeda.-57.666.

  • BANCO DE CREDITO BALEAR SA
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 06/10/2008  

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