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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 26 de junio del 2026 del anuncio de anuncio de escisión en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 23 de junio del 2026 con los datos de inscripción Diario: 121 Sección: SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales Pág: 4770 - 4770.


Anuncio de escisión

Con fecha 31 de marzo de 2026 y en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto – Ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, las Juntas Generales de las mercantiles SOLITERRA FINE WINES, S.L. y AURALINK, S.L.U. han aprobado por unanimidad el Proyecto Común de Escisión Parcial en virtud de la cual la sociedad escindida transmitirá en bloque una parte de su patrimonio social, constitutiva de una unidad económica, a favor de la sociedad beneficiaria ya existente, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio escindido, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 60 del RD 5/2023. Como consecuencia de la Escisión parcial, la sociedad beneficiaria ampliará su capital social en la forma y cuantía que se detalla en el proyecto.

El acuerdo de escisión ha sido adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto de escisión parcial, dado que el acuerdo de escisión ha sido aprobado por unanimidad de los socios de ambas sociedades. Asimismo, de acuerdo con lo previsto en el art. 68.1 del RD – ley 5/2023 no existe obligación de someter al proyecto de escisión al informe de experto independiente.

Se hace constar expresamente que ninguna de las sociedades participantes cuenta con trabajadores en plantilla, por lo que no ha sido necesario elaborar ni poner a disposición el informe de administradores dirigido a los trabajadores previsto en el art. 9.2 del RD 5/2023.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios, así como a los acreedores de las sociedades participantes en la escisión parcial, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como el balance aportado. Asimismo, se hace constar del derecho que asiste a los acreedores de las sociedades que intervienen en la operación de oponerse a la misma durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo. Por último, se hace constar la carencia de página web de las sociedades participantes.

Reus, 23 de junio de 2026.- Administrador único de Soliterra Fine Wines, S.L, Don Felipe Giménez Rodríguez.

Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 23/06/2026 Diario: 121 Sección: SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales Pág: 4770 - 4770 

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