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Datos de ASDOCONSULT SL

ASDOCONSULT SL

 932687315     934285597

SAN PERE MES ALT, 1 08003 BARCELONA. (BARCELONA). Ver mapa

www.indra.es
[email protected]
Objeto social

CNAE 7112 - Servicios técnicos de ingeniería y otras actividades relacionadas con el asesoramiento técnico

CIF

B60628443

Fecha constitución

08/07/1994

Antigüedad

30 años

Capital social

-

Ventas

1M €

Registro

Barcelona

Últimas cuentas depositadas

2008

Propietario

PROINTEC SA



Balances y cuentas de resultados

Información sobre balances y cuentas de resultados de ASDOCONSULT SL depositados en el Registro Mercantil de Barcelona en los últimos ejercicios.


Ejercicio
Disponibilidad
Consultar en Axesor
Consultar en Axesor

Cargos y representantes

EntidadRelaciónEntidad/RelaciónDesdeHasta
PROINTEC SA Socio Único PROINTEC SA
Socio Único
06/08/2009

Vinculaciones

Vinculaciones societarias de ASDOCONSULT SLTEKNATRANS CONSULTORES SLTEKNATRANS CONSULTORES SLPROINTEC SAPROINTEC SAASDOCONSULT SLASDOCONSULT SLINICIATIVAS BIOENERGETICAS SLINICIATIVAS BIOENERGETICAS SLBaena Martin Juan CarlosBaena Martin Juan CarlosMiranda Villar PatriciaMiranda Villar PatriciaDe Unamuno Moreno Julian JoseDe Unamuno Moreno Julian JoseLozano Romeral DiegoLozano Romeral DiegoMartinez De Albornoz Bonet CarlosMartinez De Albornoz Bonet CarlosBonet Sanchez EduardoBonet Sanchez EduardoDaga Sancho JordiDaga Sancho JordiSierra Gonzalez BernabeSierra Gonzalez BernabeDel Rosal Segura JuanDel Rosal Segura JuanPROINTEC SA, Socio Único de TEKNATRANS CONSULTORES SLBonet Sanchez Eduardo, Administrador Solidario de TEKNATRANS CONSULTORES SLBaena Martin Juan Carlos, Consejero de PROINTEC SAMiranda Villar Patricia, Secretario No Consejero de PROINTEC SADe Unamuno Moreno Julian Jose, Consejero de PROINTEC SALozano Romeral Diego, Secretario No Consejero de PROINTEC SAMartinez De Albornoz Bonet Carlos, Consejero de PROINTEC SABonet Sanchez Eduardo, Consejero de PROINTEC SADaga Sancho Jordi, Consejero,Presidente de PROINTEC SASierra Gonzalez Bernabe, Representante de PROINTEC SADel Rosal Segura Juan, Vicesecretario No Consejero de PROINTEC SAPROINTEC SA, Socio Único de ASDOCONSULT SLPROINTEC SA, Consejero de INICIATIVAS BIOENERGETICAS SL

Anuncios en boletines oficiales

Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por ASDOCONSULT SL o en los que participa indirectamente.

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  • Disolución.

    Se disuelve la sociedad por fusión.

    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 15/10/2009. Núm. 448492. T 27449, F 134, S 8, H B 118730, I/A 10 
  • Depósito de cuentas anuales

    En julio del 2009 se presentan en el registro las cuentas anuales de la sociedad del ejercicio 2008 .
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 01/08/2009. Núm. 453510.  
  • Declaración de unipersonalidad.

    Con fecha 6 de agosto de 2009 se inscribe en el Registro Mercantil la adquisición del carácter unipersonal de la sociedad, siendo el titular jurídico y formal de las acciones o participaciones societarias la sociedad PROINTEC SA
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 06/08/2009. Núm. 358920. T 27449, F 134, S 8, H B 118730, I/A 9 
  • Anuncio de fusión y absorción

    En cumplimiento de la legislación vigente, se hace público que con fecha 23 de junio de 2009 la Junta General de Prointec, Sociedad Anónima y, con fecha 23 de junio de 2009, el Socio Único de Asdoconsult, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal) acordaron la fusión por absorción de Prointec, Sociedad Anónima, como sociedad absorbente y de Asdoconsult, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal) como sociedad absorbida. Lo anterior se acordó sobre los respectivos balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2008, formulados por sus respectivos órganos de administración, y de conformidad con el proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid y en el Registro Mercantil de Barcelona con fecha 12 de junio de 2009 y 11 de junio de 2009, respectivamente.

    Los principales términos del citado acuerdo de fusión son los siguientes: La fusión se efectúa de conformidad con el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas por tratarse de la absorción de sociedades íntegramente participadas directa o indirectamente. Según la fusión proyectada, Prointec, Sociedad Anónima absorberá a su filial directa Asdoconsult, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal).

    En aplicación del mencionado artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas no resulta necesaria la elaboración de un Informe de los Administradores, ni la intervención de expertos independientes.

    La Fusión no contempla la ampliación de capital en Prointec, Sociedad Anónima, no resultando tampoco de aplicación lo regulado para el tipo y procedimiento de canje de acciones.

    Las operaciones llevadas a cabo por la sociedad absorbida se considerarán realizadas, a efectos contables, por Prointec, Sociedad Anónima, desde el 1 de enero de 2009.

    No existen en la sociedad que se va a extinguir, por tratarse de una sociedad de responsabilidad limitada, titulares de participaciones de clases especiales. No existen en la sociedad que va a extinguirse titulares de derechos especiales distintos de las participaciones sociales, ni aportaciones de industria ni prestaciones accesorias. No van a atribuirse en Prointec, Sociedad Anónima ventajas de ninguna clase a los Administradores de las sociedades intervinientes en la fusión.

    Dadas las características de la fusión no se precisa la intervención de expertos independientes, ya que Prointec, Sociedad Anónima, es titular directamente del cien por cien del capital social de la sociedad absorbida. Asimismo, se hace constar que la fusión no conllevará ni modificaciones estatutarias ni modificación en la composición del órgano de administración de la sociedad absorbente.

    Los Administradores de las sociedades que se fusionan han informado a su respectiva Junta General y a su Socio Único, según resulte de aplicación, de que no se ha producido ningún hecho extraordinario o que modifique de manera importante el activo o el pasivo de las sociedades intervinientes en la fusión, lo que se hace constar a los efectos del artículo 238.2 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

    Madrid, 21 de julio de 2009.- La Secretaria del Consejo de Prointec, Sociedad Anónima, doña Sandra Martín Morán. El Administrador Solidario de Asdoconsult, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal), don José María del Saz-Orozco Cañedo-Argüelles. El Administrador Solidario de Asdoconsult, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal), don Sergio Solera Armengol.

    Absorbente
    Absorbida
    • ASDOCONSULT SL
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 21/07/2009. Núm. 59972.  
  • Anuncio de fusión y absorción

    En cumplimiento de la legislación vigente, se hace público que con fecha 23 de junio de 2009 la Junta General de Prointec, Sociedad Anónima y, con fecha 23 de junio de 2009, el Socio Único de Asdoconsult, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal) acordaron la fusión por absorción de Prointec, Sociedad Anónima, como sociedad absorbente y de Asdoconsult, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal) como sociedad absorbida. Lo anterior se acordó sobre los respectivos balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2008, formulados por sus respectivos órganos de administración, y de conformidad con el proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid y en el Registro Mercantil de Barcelona con fecha 12 de junio de 2009 y 11 de junio de 2009, respectivamente.

    Los principales términos del citado acuerdo de fusión son los siguientes: La fusión se efectúa de conformidad con el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas por tratarse de la absorción de sociedades íntegramente participadas directa o indirectamente. Según la fusión proyectada, Prointec, Sociedad Anónima absorberá a su filial directa Asdoconsult, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal).

    En aplicación del mencionado artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas no resulta necesaria la elaboración de un Informe de los Administradores, ni la intervención de expertos independientes.

    La Fusión no contempla la ampliación de capital en Prointec, Sociedad Anónima, no resultando tampoco de aplicación lo regulado para el tipo y procedimiento de canje de acciones.

    Las operaciones llevadas a cabo por la sociedad absorbida se considerarán realizadas, a efectos contables, por Prointec, Sociedad Anónima, desde el 1 de enero de 2009.

    No existen en la sociedad que se va a extinguir, por tratarse de una sociedad de responsabilidad limitada, titulares de participaciones de clases especiales. No existen en la sociedad que va a extinguirse titulares de derechos especiales distintos de las participaciones sociales, ni aportaciones de industria ni prestaciones accesorias. No van a atribuirse en Prointec, Sociedad Anónima ventajas de ninguna clase a los Administradores de las sociedades intervinientes en la fusión.

    Dadas las características de la fusión no se precisa la intervención de expertos independientes, ya que Prointec, Sociedad Anónima, es titular directamente del cien por cien del capital social de la sociedad absorbida. Asimismo, se hace constar que la fusión no conllevará ni modificaciones estatutarias ni modificación en la composición del órgano de administración de la sociedad absorbente.

    Los Administradores de las sociedades que se fusionan han informado a su respectiva Junta General y a su Socio Único, según resulte de aplicación, de que no se ha producido ningún hecho extraordinario o que modifique de manera importante el activo o el pasivo de las sociedades intervinientes en la fusión, lo que se hace constar a los efectos del artículo 238.2 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

    Madrid, 21 de julio de 2009.- La Secretaria del Consejo de Prointec, Sociedad Anónima, doña Sandra Martín Morán. El Administrador Solidario de Asdoconsult, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal), don José María del Saz-Orozco Cañedo-Argüelles. El Administrador Solidario de Asdoconsult, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal), don Sergio Solera Armengol.

    Absorbente
    Absorbida
    • ASDOCONSULT SL
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 21/07/2009. Núm. 59972.  
  • Anuncio de fusión y absorción

    En cumplimiento de la legislación vigente, se hace público que con fecha 23 de junio de 2009 la Junta General de Prointec, Sociedad Anónima y, con fecha 23 de junio de 2009, el Socio Único de Asdoconsult, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal) acordaron la fusión por absorción de Prointec, Sociedad Anónima, como sociedad absorbente y de Asdoconsult, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal) como sociedad absorbida. Lo anterior se acordó sobre los respectivos balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2008, formulados por sus respectivos órganos de administración, y de conformidad con el proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid y en el Registro Mercantil de Barcelona con fecha 12 de junio de 2009 y 11 de junio de 2009, respectivamente.

    Los principales términos del citado acuerdo de fusión son los siguientes:

    La fusión se efectúa de conformidad con el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas por tratarse de la absorción de sociedades íntegramente participadas directa o indirectamente. Según la fusión proyectada, Prointec, Sociedad Anónima absorberá a su filial directa Asdoconsult, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal).

    En aplicación del mencionado artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas no resulta necesaria la elaboración de un Informe de los Administradores, ni la intervención de expertos independientes.

    La Fusión no contempla la ampliación de capital en Prointec, Sociedad Anónima, no resultando tampoco de aplicación lo regulado para el tipo y procedimiento de canje de acciones.

    Las operaciones llevadas a cabo por la sociedad absorbida se considerarán realizadas, a efectos contables, por Prointec, Sociedad Anónima, desde el 1 de enero de 2009.

    No existen en la sociedad que se va a extinguir, por tratarse de una sociedad de responsabilidad limitada, titulares de participaciones de clases especiales. No existen en la sociedad que va a extinguirse titulares de derechos especiales distintos de las participaciones sociales, ni aportaciones de industria ni prestaciones accesorias. No van a atribuirse en Prointec, Sociedad Anónima ventajas de ninguna clase a los administradores de las sociedades intervinientes en la fusión.

    Dadas las características de la fusión no se precisa la intervención de expertos independientes, ya que Prointec, Sociedad Anónima, es titular directamente del cien por cien del capital social de la sociedad absorbida. Asimismo, se hace constar que la fusión no conllevará ni modificaciones estatutarias ni modificación en la composición del órgano de administración de la sociedad absorbente.

    Los administradores de las sociedades que se fusionan han informado a su respectiva Junta General y a su Socio Único, según resulte de aplicación, de que no se ha producido ningún hecho extraordinario o que modifique de manera importante el activo o el pasivo de las sociedades intervinientes en la fusión, lo que se hace constar a los efectos del artículo 238.2 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

    Madrid, 21 de julio de 2009.- La Secretaria del Consejo de Prointec, Sociedad Anónima, Sandra Martín Morán. El Administrador Solidario de Asdoconsult, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal), José María del Saz-Orozco Cañedo-Argüelles. El Administrador Solidario de Asdoconsult, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal), Sergio Solera Armengol.

    Absorbente
    Absorbida
    • ASDOCONSULT SL
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 21/07/2009. Núm. 58732.  

Informes comerciales Axesor

Informe axesor 360ºInforme de CréditoPerfil Comercial de Empresa
Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleados
Información mercantil y comercialIncluye Información mercantil y comercial
Completa
Incluye Información mercantil y comercial
Completa
Incluye Información mercantil y comercial
Básica
Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentes
Solo dirigentes
Empresas relacionadas
(accionistas, participadas,…)
Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)No incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales
Balance y cuenta de pérdidas y gananciasIncluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Completo
Incluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Extracto
Incluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Ratios y magnitudes económico-financierasIncluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Completo
Incluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Extracto
Incluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadas
Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sector
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto
Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avales
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas
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ASDOCONSULT SL ya disuelta inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona. y con domicilio en BarcelonaSu clasificación nacional de actividades económicas era Servicios técnicos de ingeniería y otras actividades relacionadas con el asesoramiento técnico.

La empresa tenia un rango de facturación anual entre 1.000.000 y 2.500.000 euros.