CNAE 6810 - Compraventa de bienes inmobiliarios por cuenta propia
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Información sobre balances y cuentas de resultados de ARLINGTON TREES SLU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por ARLINGTON TREES SLU o en los que participa indirectamente.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace público el acuerdo de fusión adoptado por unanimidad en las respectivas Juntas generales extraordinarias, celebradas con fecha 20 de agosto de 2002, en las que se aprobó la fusión de las dos sociedades mediante la absorción por "Saipo, Sociedad Limitada" de "Arlington Trees, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, adquiriendo aquélla, por sucesión universal, el patrimonio de la sociedad absorbida que se disuelve y extingue sin liquidación.
Las respectivas Juntas generales han optado por acogerse a lo dispuesto en el capítulo VIII, título VIII de la Ley 43/1995 del Impuesto sobre Sociedades.
La fusión se acordó ajustándose al proyecto de fusión cuyo depósito en el Registro Mercantil se declaró constituido con fecha 12 de agosto de 2002, en las propias Juntas se aprobó el proyecto de fusión y se acordó considerar como respectivos Balances de fusión los cerrados al 30 de junio de 2002.
Las operaciones de la sociedad absorbida que se extingue se entenderán efectuadas por la absorbente a efectos contables a partir del 1 de julio de 2002.
La fusión no otorga ventajas de ninguna clase a experto independiente alguno ni a los Administradores de las sociedades participantes en la fusión.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar expresamente: a) El derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de fusión de ambas sociedades.
b) El derecho de oposición que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan, durante el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de la publicación del último anuncio en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Barcelona, 20 de agosto de 2002.-María del Carmen Sanz Salvachúa, Representante de "Unión 5 Pipas, Sociedad Limitada", Administradora única de "Saipo, Sociedad Limitada".-Luis Víctor Andrés Berlato, Administrador único de "Arlington Trees, Sociedad Limitada" sociedad unipersonal.-39.036.
y 3.a 28-8-2002.
Absorbente | |
Absorbida |
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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace público el acuerdo de fusión adoptado por unanimidad en las respectivas Juntas generales extraordinarias, celebradas con fecha 20 de agosto de 2002, en las que se aprobó la fusión de las dos sociedades mediante la absorción por "Saipo, Sociedad Limitada" de "Arlington Trees, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, adquiriendo aquélla, por sucesión universal, el patrimonio de la sociedad absorbida que se disuelve y extingue sin liquidación.
Las respectivas Juntas generales han optado por acogerse a lo dispuesto en el capítulo VIII, título VIII de la Ley 43/1995 del Impuesto sobre Sociedades.
La fusión se acordó ajustándose al proyecto de fusión cuyo depósito en el Registro Mercantil se declaró constituido con fecha 12 de agosto de 2002, en las propias Juntas se aprobó el proyecto de fusión y se acordó considerar como respectivos Balances de fusión los cerrados al 30 de junio de 2002.
Las operaciones de la sociedad absorbida que se extingue se entenderán efectuadas por la absorbente a efectos contables a partir del 1 de julio de 2002.
La fusión no otorga ventajas de ninguna clase a experto independiente alguno ni a los Administradores de las sociedades participantes en la fusión.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar expresamente: a) El derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de fusión de ambas sociedades.
b) El derecho de oposición que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan, durante el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de la publicación del último anuncio en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Barcelona, 20 de agosto de 2002.-María del Carmen Sanz Salvachúa, Representante de "Unión 5 Pipas, Sociedad Limitada", Administradora única de "Saipo, Sociedad Limitada".-Luis Víctor Andrés Berlato, Administrador único de "Arlington Trees, Sociedad Limitada" sociedad unipersonal.-39.036.
2.a 27-8-2002.
Absorbente | |
Absorbida |
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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace público el acuerdo de fusión adoptado por unanimidad en las respectivas Juntas generales extraordinarias, celebradas con fecha 20 de agosto de 2002, en las que se aprobó la fusión de las dos sociedades mediante la absorción por "Saipo, Sociedad Limitada" de "Arlington Trees, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, adquiriendo aquélla, por sucesión universal, el patrimonio de la sociedad absorbida que se disuelve y extingue sin liquidación.
Las respectivas Juntas generales han optado por acogerse a lo dispuesto en el capítulo VIII, título VIII de la Ley 43/1995 del Impuesto sobre Sociedades.
La fusión se acordó ajustándose al proyecto de fusión cuyo depósito en el Registro Mercantil se declaró constituido con fecha 12 de agosto de 2002, en las propias Juntas se aprobó el proyecto de fusión y se acordó considerar como respectivos Balances de fusión los cerrados al 30 de junio de 2002.
Las operaciones de la sociedad absorbida que se extingue se entenderán efectuadas por la absorbente a efectos contables a partir del 1 de julio de 2002.
La fusión no otorga ventajas de ninguna clase a experto independiente alguno ni a los Administradores de las sociedades participantes en la fusión.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar expresamente: a) El derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de fusión de ambas sociedades.
b) El derecho de oposición que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan, durante el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de la publicación del último anuncio en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Barcelona, 20 de agosto de 2002.-María del Carmen Sanz Salvachúa, Representante de "Unión 5 Pipas, Sociedad Limitada", Administradora única de "Saipo, Sociedad Limitada".-Luis Víctor Andrés Berlato, Administrador único de "Arlington Trees, Sociedad Limitada" sociedad unipersonal.-39.036.
1.a 26-8-2002.
Absorbente | |
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