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CNAE 4110 - Promoción inmobiliaria
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Información sobre balances y cuentas de resultados de ARIMA-MAR SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por ARIMA-MAR SL o en los que participa indirectamente.
En cumplimento de lo dispuesto en los artículos 242 y 254 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General extraordinaria y universal de socios de Regiboni, Sociedad Limitada ha acordado la fusión por absorción de Arima-Mar, Sociedad Limitada, todo ello en los términos previstos en el Proyecto de Fusión, depositado en el Registro Mercantil de Alicante y en el Registro Mercantil de Madrid, y según el balance de fusión, cerrado a 31 de diciembre de 2005. La fusión es de las contempladas en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, por lo que no procede aumento de capital. Se hace constar, de conformidad con el artículo 242 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de Regiboni, Sociedad Limitada y de Arima-Mar, Sociedad Limitada de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de Fusión.
Asimismo, se hace constar, en cumplimiento del artículo 243 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los acreedores de Regiboni, Sociedad Limitada y de Arima-Mar, Sociedad Limitada de oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas.
En Madrid, a 2 de enero de 2007.-Enrique Regidor Macarro y Carlos Regidor Macarro, Administradores Mancomunados de Regiboni, Sociedad Limitada.-550.
2.ª 10-1-2007
Absorbente | |
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En cumplimento de lo dispuesto en los artículos 242 y 254 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General extraordinaria y universal de socios de Regiboni, Sociedad Limitada ha acordado la fusión por absorción de Arima-Mar, Sociedad Limitada, todo ello en los términos previstos en el Proyecto de Fusión, depositado en el Registro Mercantil de Alicante y en el Registro Mercantil de Madrid, y según el balance de fusión, cerrado a 31 de diciembre de 2005. La fusión es de las contempladas en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, por lo que no procede aumento de capital. Se hace constar, de conformidad con el artículo 242 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de Regiboni, Sociedad Limitada y de Arima-Mar, Sociedad Limitada de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de Fusión.
Asimismo, se hace constar, en cumplimiento del artículo 243 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los acreedores de Regiboni, Sociedad Limitada y de Arima-Mar, Sociedad Limitada de oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas.
En Madrid, a 2 de enero de 2007.-Enrique Regidor Macarro y Carlos Regidor Macarro, Administradores Mancomunados de Regiboni, Sociedad Limitada.-550.
2.ª 10-1-2007
Absorbente | |
Absorbida |
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En cumplimento de lo dispuesto en los artículos 242 y 254 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General extraordinaria y universal de socios de Regiboni, Sociedad Limitada ha acordado la fusión por absorción de Arima-Mar, Sociedad Limitada, todo ello en los términos previstos en el Proyecto de Fusión, depositado en el Registro Mercantil de Alicante y en el Registro Mercantil de Madrid, y según el balance de fusión, cerrado a 31 de diciembre de 2005. La fusión es de las contempladas en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, por lo que no procede aumento de capital. Se hace constar, de conformidad con el artículo 242 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de Regiboni, Sociedad Limitada y de Arima-Mar, Sociedad Limitada de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de Fusión.
Asimismo, se hace constar, en cumplimiento del artículo 243 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los acreedores de Regiboni, Sociedad Limitada y de Arima-Mar, Sociedad Limitada de oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas.
En Madrid, a 2 de enero de 2007.-Enrique Regidor Macarro y Carlos Regidor Macarro, Administradores Mancomunados de Regiboni, Sociedad Limitada.-550.
1.ª 9-1-2007
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