Cargando...
Fecha publicación
Fuente

Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 01 de agosto del 2022 del anuncio de anuncio de reducción de capital en la empresa APPLUS SERVICES SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 28 de julio del 2022 con los datos de inscripción Diario: 145 Sección: 2 Pág: 6521 - 6522.


Anuncio de reducción de capital

APPLUS SERVICES SA

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que la Junta General de Accionistas de Applus Services, S.A. ("Applus" o la "Sociedad"), celebrada en segunda convocatoria el 28 de junio de 2022, aprobó, bajo el Punto Noveno de su orden del día, el siguiente acuerdo de reducción de capital:

1. Reducción de capital social mediante la amortización de acciones propias existentes actualmente en autocartera.

Reducir el capital de la Sociedad en la cuantía de setecientos quince mil noventa y dos euros y veinte céntimos de euro (715.092,20€), mediante la amortización de 7.150.922 acciones propias que posee la Sociedad en autocartera, de 0,10 Euros de valor nominal, que representan el 5% del capital social (la "Reducción de Capital"). Dichas acciones han sido adquiridas por la Sociedad en el marco del programa de recompra de acciones aprobado por el Consejo de Administración, el 26 de enero de 2022, en virtud de la autorización que le fue conferida por la Junta General de Accionistas celebrada el 29 de mayo de 2020, y dentro de los límites previstos en los artículos 146 y 509 de la Ley de Sociedades de Capital.

2. Procedimiento para la Reducción de Capital.

La Reducción de Capital no implica la devolución de aportaciones a los accionistas por ser la propia Sociedad la titular de las acciones a amortizar. En consecuencia, la Reducción de Capital se realiza con cargo a reservas voluntarias o de libre disposición, realizando la correspondiente dotación de una reserva por capital amortizado por un importe igual al valor nominal de las acciones propias amortizadas, de la que sólo será posible disponer con los mismos requisitos que los exigidos para la reducción del capital social, conforme a lo previsto en el artículo 335 c) de la Ley de Sociedades de Capital.

Asimismo, conforme a lo señalado en dicho precepto, los acreedores de la Sociedad no dispondrán del derecho de oposición al que se refiere el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital en relación con la Reducción de Capital.

La Reducción de Capital se ejecutará en un plazo no superior a un mes desde la adopción del presente acuerdo por la Junta General de Accionistas.

3. Modificación del artículo 5º de los Estatutos Sociales

Teniendo en cuenta lo anterior, se acuerda modificar el artículo 5º de los Estatutos Sociales, que tendrá en adelante la siguiente redacción:

«Artículo 5º. - Capital social y forma de representación

5.1. El capital social se fija en la cifra de trece millones quinientos ochenta y seis mil setecientos cincuenta euros y ochenta céntimos de euro (13.586.750,80 €), y está representado por ciento treinta y cinco millones ochocientas sesenta y siete mil quinientas ocho (135.867.508) acciones ordinarias, de diez céntimos de euro (0,10.-€) de valor nominal cada una de ellas, totalmente suscritas y desembolsadas y pertenecientes a una única clase y serie.

5.2. Las acciones de la Sociedad están representadas por medio de anotaciones en cuenta y se regirán por la Ley del Mercado de Valores y demás disposiciones complementarias.

5.3. La llevanza del registro de anotaciones en cuenta de la Sociedad corresponde a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. (Iberclear) y a sus entidades participantes.

5.4. La legitimación para el ejercicio de los derechos del accionista se obtiene mediante la inscripción en el registro contable, que presume la titularidad legítima y habilita al titular registral a exigir que la Sociedad le reconozca como accionista. De igual modo, si la Sociedad realiza alguna prestación a favor de quien figure como titular de conformidad con el registro contable, quedará liberada de la obligación correspondiente, aunque aquél no sea el titular real de la acción, siempre que la realizara de buena fe.»

4. Delegación de facultades

Delegar en el Consejo de Administración, con expresa facultad de sustitución, las facultades necesarias para que proceda a la ejecución de la Reducción de Capital, pudiendo determinar aquellos extremos que no hayan sido fijados expresamente en el presente acuerdo o que sean consecuencia de él, y adoptar los acuerdos, publicar los anuncios, realizar las actuaciones y otorgar los documentos públicos o privados que sean necesarios o convenientes para la más completa ejecución de la Reducción de Capital.

En particular, y a título meramente ilustrativo, se delegan en el Consejo de Administración, con expresa facultad de sustitución, las siguientes facultades:

(a) Declarar cerrada y ejecutada la Reducción de Capital, y comparecer ante Notario para otorgar la correspondiente escritura de reducción de capital.

(b) Realizar los trámites y actuaciones que sean necesarios y presentar los documentos que sean precisos ante los organismos competentes para que, una vez se haya producido la amortización de las acciones propias de la Sociedad, el otorgamiento de la escritura correspondiente a la Reducción de Capital y su inscripción en el Registro Mercantil, se produzca la exclusión de la negociación de las acciones amortizadas en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia, a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo) y la cancelación de los correspondientes registros contables de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (Iberclear).

(c) Realizar cuantas actuaciones fueran necesarias o convenientes para ejecutar y formalizar la Reducción de Capital ante cualesquiera entidades y organismos públicos o privados, españoles o extranjeros, incluidas las correspondientes a la obtención de cualesquiera autorizaciones y consentimientos de terceros a los que viniera obligada la Sociedad, así como las de declaración, complemento o subsanación de defectos u omisiones que pudieran impedir u obstaculizar la plena efectividad de los precedentes acuerdos, así como la publicación de anuncios, información privilegiada, información relevante y comunicaciones que fueran necesarias a tal efecto.

En Madrid, 28 de julio de 2022.- El Secretario no Consejero del Consejo de Administración de Applus Services, S.A, Don Vicente Conde Viñuelas.

  • APPLUS SERVICES SA
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 28/07/2022 Diario: 145 Sección: 2 Pág: 6521 - 6522 

IR A APPLUS SERVICES SA
CREAR CUENTA GRATIS
Crea una cuenta gratuita en empresia y realiza seguimiento de las empresas que te interesan.

Registrar cuenta
Axesor.es
Axesor.es