922535279
HUMO, 1 PTL 10 3 OFC LETRAS A Y B EDIF. 38003 SANTA CRUZ DE TENERIFE. (SANTA CRUZ DE TENERIFE). Ver mapa
CNAE 6910 - Actividades jurídicas
B38824736
30/06/2005
19 años
-
0.5M €
Santa Cruz de Tenerife
Información sobre balances y cuentas de resultados de ALZOLA ABOGADOS SL depositados en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | 2019 3 horas | 2020 3 horas | 2021 3 horas | 2022 3 horas | Consultar en Axesor | |
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por ALZOLA ABOGADOS SL o en los que participa indirectamente.
Anuncio de escisión por absorción
Se hace público que las Juntas generales extraordinarias y universales de accionistas de las citadas sociedades, celebradas el día 17 de noviembre de 2005, aprobaron, por unanimidad, la escisión por absorción de dichas sociedades mediante la absorción por González & Meseguer Abogados, S. L., y por Alzola Abogados, S. L., de González & Alzola Abogados, S. L., con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a las sociedades absorbentes y con ampliación del capital social de las sociedades absorbentes, y en su consecuencia la modificación del artículo sexto de los Estatutos sociales (capital social) de las sociedades absorbentes, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de escisión por absorción suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife y del anexo A, del informe común de los Administradores. Los Balances de escisión por absorción que se aprueban por las respectivas Juntas son cerrados el día 31 de julio de 2005. Las operaciones de la sociedad absorbida se entenderán efectuadas por las sociedades absorbentes, a efectos contables, desde el día 1 de agosto de 2005. No ha sido necesaria la elaboración de informe de expertos independientes sobre el proyecto de escisión por absorción. Se efectúa el canje de acciones de acuerdo al proyecto de escisión por absorción.
Se hace constar que asiste a los partícipes y acreedores de las sociedades participantes en la escisión por absorción a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de escisión por absorción, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se escinden por absorción a la oposición que les asiste, en los términos establecidos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Santa Cruz de Tenerife, 17 de noviembre de 2005.-Los Administradores solidarios por González & Meseguer Abogados, S. L., Felipe González Domínguez y Felipe González Meseguer.-El Administrador único por Alzola Abogados, S. L., Luis Alzola Tristán.-Los Administradores solidarios por González & Alzola Abogados, S. L., Felipe González Domínguez, Luis Alzola Tristán y Felipe González Meseguer.-61.121. 1.ª 28-11-2005
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Anuncio de escisión por absorción
Se hace público que las Juntas generales extraordinarias y universales de accionistas de las citadas sociedades, celebradas el día 17 de noviembre de 2005, aprobaron, por unanimidad, la escisión por absorción de dichas sociedades mediante la absorción por González & Meseguer Abogados, S. L., y por Alzola Abogados, S. L., de González & Alzola Abogados, S. L., con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a las sociedades absorbentes y con ampliación del capital social de las sociedades absorbentes, y en su consecuencia la modificación del artículo sexto de los Estatutos sociales (capital social) de las sociedades absorbentes, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de escisión por absorción suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife y del anexo A, del informe común de los Administradores. Los Balances de escisión por absorción que se aprueban por las respectivas Juntas son cerrados el día 31 de julio de 2005. Las operaciones de la sociedad absorbida se entenderán efectuadas por las sociedades absorbentes, a efectos contables, desde el día 1 de agosto de 2005. No ha sido necesaria la elaboración de informe de expertos independientes sobre el proyecto de escisión por absorción. Se efectúa el canje de acciones de acuerdo al proyecto de escisión por absorción.
Se hace constar que asiste a los partícipes y acreedores de las sociedades participantes en la escisión por absorción a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de escisión por absorción, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se escinden por absorción a la oposición que les asiste, en los términos establecidos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Santa Cruz de Tenerife, 17 de noviembre de 2005.-Los Administradores solidarios por González & Meseguer Abogados, S. L., Felipe González Domínguez y Felipe González Meseguer.-El Administrador único por Alzola Abogados, S. L., Luis Alzola Tristán.-Los Administradores solidarios por González & Alzola Abogados, S. L., Felipe González Domínguez, Luis Alzola Tristán y Felipe González Meseguer.-61.121.
1.ª 28-11-2005
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Anuncio de escisión por absorción
Se hace público que las Juntas generales extraordinarias y universales de accionistas de las citadas sociedades, celebradas el día 17 de noviembre de 2005, aprobaron, por unanimidad, la escisión por absorción de dichas sociedades mediante la absorción por González & Meseguer Abogados, S. L., y por Alzola Abogados, S. L., de González & Alzola Abogados, S. L., con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a las sociedades absorbentes y con ampliación del capital social de las sociedades absorbentes, y en su consecuencia la modificación del artículo sexto de los Estatutos sociales (capital social) de las sociedades absorbentes, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de escisión por absorción suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife y del anexo A, del informe común de los Administradores. Los Balances de escisión por absorción que se aprueban por las respectivas Juntas son cerrados el día 31 de julio de 2005. Las operaciones de la sociedad absorbida se entenderán efectuadas por las sociedades absorbentes, a efectos contables, desde el día 1 de agosto de 2005. No ha sido necesaria la elaboración de informe de expertos independientes sobre el proyecto de escisión por absorción. Se efectúa el canje de acciones de acuerdo al proyecto de escisión por absorción.
Se hace constar que asiste a los partícipes y acreedores de las sociedades participantes en la escisión por absorción a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de escisión por absorción, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se escinden por absorción a la oposición que les asiste, en los términos establecidos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Santa Cruz de Tenerife, 17 de noviembre de 2005.-Los Administradores solidarios por González & Meseguer Abogados, S. L., Felipe González Domínguez y Felipe González Meseguer.-El Administrador único por Alzola Abogados, S. L., Luis Alzola Tristán.-Los Administradores solidarios por González & Alzola Abogados, S. L., Felipe González Domínguez, Luis Alzola Tristán y Felipe González Meseguer.-61.121.
1.ª 28-11-2005
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