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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 23 de marzo del 2011 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE ALICANTE

Procedimiento: Concurso Abreviado - 000218/2010 A.

Doña Pilar Solanot García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,

Hago saber: Que en este Juzgado se tramita Concurso de Acreedores del deudor Akron Projects, S.L., C.I.F. número B-53698429, con domicilio en Venta del Aire, Local 5, partida Barranco Hondo de La Nucia, 03530-Alicante, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, al Tomo 2.578, Folio 35, Sección 8.ª, Hoja n.º A-72478, inscripción 1.ª, en cuyo seno se ha dictado, con fecha 2-03-11, Auto, que tiene el carácter de firme a efectos registrales, y cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

"Parte Dispositiva

1.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación.

2.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.

3.- Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

4.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

5.- Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso.

Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal

Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, expidiéndose asimismo los pertinentes edictos para general publicidad en los términos de los arts. 23 y 24 LC.

Modo de impugnación: Mediante recurso de Reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LECn)...

firmado y rubricado."

Y con el fin de que se lleve a cabo la anotación registral acordada, dirijo a V.I. el presente mandamiento por duplicado, debiendo reportar un ejemplar debidamente cumplimentado o haciendo constar la pertinente calificación negativa, en otro caso.

Alicante, 2 de marzo de 2011.- La Secretaria Judicial.

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Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 02/03/2011  

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