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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 30 de junio del 2015 del anuncio de anuncio de fusión y absorción en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 17 de junio del 2015 con los datos de inscripción Diario: 121 Sección: C Pág: 8817 - 8818.


Anuncio de fusión y absorción

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley de Modificaciones Estructurales (en adelante, la "LME"), se hace público que por Decisión del Socio Único de la mercantil Agrifu, S.A.U. (Sociedad Absorbente), de fecha 17 de junio de 2015, y por Decisión del Socio Único de Placesano, S.L.U., en esa misma fecha, se acordó por unanimidad de los socios titulares de las acciones y participaciones sociales representativas del 100% de su capital social, la fusión por absorción de Placesano, S.L.U. (Sociedad Absorbida), por parte de la sociedad Agrifu, S.A.U. (Sociedad Absorbente).

De esta manera Placesano, S.L.U. (Sociedad Absorbida), se integrará en Agrifu, S.A.U. (Sociedad Absorbente), la cual adquirirá por sucesión universal el patrimonio de Placesano, S.L.U. (Sociedad Absorbida), subrogándose en todos los derechos y obligaciones de esta última, la cual se extinguirá mediante su disolución sin liquidación.

El acuerdo de fusión ha sido acordado conforme al Proyecto Común de Fusión de 17 de junio de 2015, el cual, de conformidad con el artículo 30.1 de la LME, ha sido redactado y suscrito por todos y cada uno de los miembros de los Órganos de Administración de las dos sociedades que participan en la fusión.

El depósito del Proyecto en el Registro Mercantil y su posterior publicación no son preceptivos en el presente caso, en virtud de lo indicado en el artículo 42 de la referida LME.

Así pues, ambas sociedades, aprobaron el mismo día 17 de junio de 2015, sendos acuerdos de fusión, y también se aprobó de forma expresa el citado Proyecto Común de Fusión, así como los Balances de Fusión de ambas sociedades, cerrados respectivamente a 31 de diciembre de 2014.

La citada fusión se realiza de conformidad a lo previsto en los artículos 49.1 y 42 de la LME, por remisión del artículo 52 de la misma Ley. Se hace constar que Grupo Corporativo Fuertes, S.L.: (i) es titular de forma directa, de las acciones representativas del 100% del capital social de Agrifu, S.A.U. (Sociedad Absorbente) y de las participaciones representativas del 100% del capital social de Placesano, S.L.U. (Sociedad Absorbida), por lo que estas dos sociedades están íntegramente participadas por aquélla y, en consecuencia, no procede aumento de capital social en Agrifu, S.A.U. (Sociedad Absorbente), ni la creación de nuevas acciones en Agrifu, S.A.U. (Sociedad Absorbente), ni canje de ninguna clase, ni compensación complementaria en dinero; (ii) no se efectuará modificación estatutaria alguna en la Sociedad Absorbente, por lo que los actuales Estatutos Sociales de la Sociedad Absorbente permanecerán inalterables, no viéndose afectados por la fusión; (iii) la estructura del Órgano de Administración de la Sociedad Absorbente tras la fusión permanecerá inalterable, esto es, la Sociedad Absorbente estará representada y administrada por sus actuales Administradores Solidarios: Don Tomás Fuertes Fernández, Don José Fuertes Fernández y Don Juan Cánovas Ballesta; (iv) la fecha a partir de la cual las operaciones de la Sociedad Absorbida se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la Sociedad Absorbente, es el uno de enero de 2015; (v) no se atribuye ningún tipo de ventajas en la Sociedad Absorbente, a los miembros de los Órganos de Administración de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, respectivamente; (vi) no existirá en la Sociedad Absorbente, titulares de participaciones privilegiadas, ni de derechos especiales, ni de opciones de ninguna clase, distintos de los que concede la cualidad de socio y; (vii) la Sociedad Absorbente se subrogará en todos y cada uno los derechos y obligaciones de índole laboral de la Sociedad Absorbida.

Por último, de conformidad con los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar:

- El derecho que asiste a los socios y acreedores de las dos sociedades que participan en la fusión, de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión, así como del Balance de Fusión.

- El derecho de oposición a la fusión que asiste a los acreedores de las dos sociedades que participan en la fusión, y ello dentro del mes siguiente contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

Alhama de Murcia, 17 de junio de 2015.- José Fuertes Fernández, Presidente de Placesano, S.L.U.; Tomás Fuertes Fernández, Secretario de Placesano, S.L.U.; Juana Fuertes Fernández, vocal de Placesano, S.L.U.; Tomás Fuertes Fernández, Administrador solidario de Agrifu, S.A.U.; José Fuertes Fernández, Administrador solidario de Agrifu, S.A.U. y Juan Cánovas Ballesta, Administrador solidario de Agrifu, S.A.U.

Absorbente
  • AGRIFU SA
Absorbida
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 17/06/2015 Diario: 121 Sección: C Pág: 8817 - 8818 

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