Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 09 de junio del 2025 del anuncio de anuncio de escisión en la empresa AGREDA AUTOMOVIL SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 22 de mayo del 2025 con los datos de inscripción Diario: 107 Sección: 2 Pág: 4222 - 4222.
De conformidad con lo previsto en el artículo 10.1 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, (…) de transposición de Directivas de la UE en materia de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que en fecha 22 de mayo de 2025 la Junta General de Accionistas de "ÁGREDA AUTOMÓVIL, S.A." (como sociedad segregada), a su vez sociedad Accionista Única de "ESTACIÓN DE SERVICIO SAN JUAN BOSCO, S.A.U." (como sociedad beneficiaria) ha aprobado la segregación de una parte del patrimonio de la sociedad segregada, como es la rama de actividad consistente en la explotación de gasolineras, que constituye una unidad económica autónoma e independiente, a favor de la sociedad beneficiaria, en virtud de los artículos 58.1.3ª, 61, 71.2 y concordantes de la LME.
En este supuesto la sociedad segregada es el Accionista Único de la sociedad beneficiaria y la segregación se produce sin aumento de capital en la sociedad beneficiaria, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 71.2 de la LME. Por tanto, el acuerdo de segregación puede adoptarse sin necesidad del informe de los administradores sobre el Proyecto de Segregación ni del informe de experto independiente, ni siquiera en lo relativo al importe del aumento de capital ya que se produce sin aumento de capital en la sociedad beneficiaria. Además, de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la LME los balances de segregación de las sociedades intervinientes han sido verificados por auditores de cuentas.
Por tanto, a través de la segregación se produce la transmisión a la sociedad beneficiaria, a título universal, del patrimonio de la sociedad segregada asociado a la rama de actividad consistente en la explotación de gasolineras, que constituye una unidad económica autónoma e independiente, ajustándose estrictamente a los términos del Proyecto de Segregación formulado por los órganos de administración de las dos sociedades intervinientes, que consta correctamente depositado en el Registro Mercantil de Zaragoza.
Se hace constar, a los efectos oportunos, el derecho que asiste a los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de las sociedades intervinientes en la segregación a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de segregación. Los acreedores de cada una de las sociedades que intervienen podrán ejercitar sus derechos en los términos previstos en el artículo 13 de la LME.
Zaragoza, 22 de mayo de 2025.- Presidente del consejo de administración de Agreda Automóvil, SA y representante de Ágreda Automóvil, SA en su condición de presidente del consejo de administración de Estación de Servicio San Juan Bosco, SAU, D. Juan José Calvo Pujol.
Escindida |
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Beneficiaria |