Cargando...
Fecha publicación
Fuente

Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 30 de octubre del 2017 del anuncio de anuncio de fusión y absorción en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 25 de octubre del 2017 con los datos de inscripción Diario: 207 Sección: C Pág: 10068 - 10071.


Anuncio de fusión y absorción

En conformidad con el artículo 51 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público el Proyecto común de fusión relativo a la fusión de "Agbi Houses, S.L.U." y de "Geridad, S.L.U." por parte de "Albertia Servicios Sociosanitarios, S.A.", redactado y suscrito por los Órganos de Administración de las tres sociedades el 8 de junio de 2017, habiendo sido depositado en el Registro Mercantil de Madrid, en el Registro Mercantil de Guadalajara y en el Registro Mercantil de Ciudad Real el 2 de octubre de 2017. Resulta de aplicación lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 3/2009 al tratarse de la absorción de sociedades íntegramente participadas, de forma que el Proyecto común de fusión no incluye las menciones 2ª, 6ª, 9ª y 10ª del artículo 31 de la Ley 3/2009 ni los informes de administradores y expertos sobre el Proyecto de fusión, así como tampoco aumento de capital en la Sociedad absorbente ni la aprobación de la fusión por las Juntas Generales de las Sociedades absorbidas.

Conforme al citado artículo 51 de la Ley 3/2009, se hace constar el derecho que asiste a los socios de la Sociedad absorbente y a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión a examinar en el domicilio social de cada una de las sociedades y, en su caso, a obtener la entrega o el envío gratuito de los documentos indicados en los números 1º y 4º y, en su caso, 2º, 3º y 5º del artículo 39.1 de la Ley 3/2009.

Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del presente anuncio de fusión.

Por último, en conformidad con el artículo 51 de la Ley 3/2009, se hace constar el derecho de los socios de la Sociedad absorbente que representen, al menos, el uno por ciento del capital social, a exigir la celebración de la Junta General para la aprobación de la fusión, dentro de los quince días siguientes a la fecha de publicación del presente anuncio, mediante requerimiento notarial dirigido a los administradores de la Sociedad absorbente.

El contenido del Proyecto común de fusión es el siguiente:

1.- Introducción.

A los efectos de lo previsto en los artículos 30, 31 y concordantes de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, los abajo firmantes, en su calidad de miembros de los respectivos órganos de administración de "ALBERTIA SERVICIOS SOCIOSANITARIOS, S.A." (Sociedad absorbente), "AGBI HOUSES, S.L.U." (Sociedad absorbida) y "GERIDAD, S.L.U." (Sociedad absorbida), han formulado el correspondiente Proyecto común de fusión. La estructura jurídica elegida para llevar a cabo la integración de "ALBERTIA SERVICIOS SOCIOSANITARIOS, S.A.", "AGBI HOUSES, S.L.U." y "GERIDAD, S.L.U." es la fusión por absorción, en los términos previstos en los artículos 22 y 23.2 de la Ley 3/2009; en concreto, la fusión proyectada se realizará mediante la absorción de "AGBI HOUSES, S.L.U." (Sociedad absorbida) y "GERIDAD, S.L.U." (Sociedad absorbida) por "ALBERTIA SERVICIOS SOCIOSANITARIOS, S.A." (Sociedad absorbente), que implicará la disolución y extinción de las dos primeras y la transmisión de todos sus patrimonios, por sucesión universal, a la última. En cuanto al procedimiento de fusión, se trata de una fusión por absorción directa simplificada, en la medida en que la Sociedad absorbente es titular de forma directa del 100% de las participaciones sociales en que se divide el capital social de las Sociedad absorbidas. Así, resulta de aplicación el régimen de las fusiones previsto en el artículo 49 de la Ley 3/2009, relativo a fusiones por absorción de sociedades íntegramente participadas; adicionalmente, "ALBERTIA SERVICIOS SOCIOSANITARIOS, S.A.", "AGBI HOUSES, S.L.U." y "GERIDAD, S.L.U." han decidido acoger la fusión a lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 3/2009. En consecuencia, el Proyecto común de fusión no incluye las menciones 2ª, 6ª, 9ª y 10ª del artículo 31 de la Ley 3/2009 ni los informes de administradores y expertos sobre el Proyecto de fusión, así como tampoco aumento de capital en la Sociedad absorbente, la aprobación de la fusión por las Juntas Generales de las Sociedades absorbidas ni la aprobación de la fusión por la Junta General de socios de la Sociedad absorbente, salvo que, en este último caso, se dé el supuesto previsto en el artículo 51.2 de la Ley 3/2009.

2.- Identificación de las Sociedades participantes en la Fusión.

2.1.- Sociedad absorbente.

Denominación social: ALBERTIA SERVICIOS SOCIOSANITARIOS, S.A.

Número de Identificación Fiscal: A-99327686.

Domicilio social: Calle Hacienda de Pavones, número 261, de Madrid.

Datos registrales: Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 31.959, Folio 214, Hoja número M-575.188, inscripción 6ª.

2.2.- Sociedades absorbidas.

2.2.1.- Denominación social: AGBI HOUSES, S.L.U.

Número de Identificación Fiscal: B-80305543.

Domicilio social: Camino de la Barca, número 16, de Azuqueca de Henares (Guadalajara).

Datos registrales: Inscrita en el Registro Mercantil de Guadalajara al Tomo 592, Folio 95, Hoja número GU-9.526, inscripción 2ª.

2.2.2.- Denominación social: GERIDAD, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL.

Número de Identificación Fiscal: B-13573522.

Domicilio social: Plaza de España, número 1, de Puertollano (Ciudad Real).

Datos registrales: Inscrita en el Registro Mercantil de Ciudad Real al Tomo 589, Folio 43, Hoja número CR-24.020, inscripción 1ª.

3.- Incidencia de la Fusión sobre aportaciones de industria o prestaciones accesorias y posibles compensaciones.

Ninguna. No existen aportaciones de industria ni prestaciones accesorias en las Sociedades absorbidas, no siendo tampoco necesario otorgar compensación alguna, al ser una fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas.

4.- Derechos a otorgar en la Sociedad resultante a los titulares de derechos especiales.

Ninguno; no existen titulares de acciones o participaciones de clases especiales o de derechos especiales o tenedores de títulos distintos de las acciones o participaciones.

5.- Ventajas de cualquier clase que vayan a atribuirse en la Sociedad absorbente a los administradores de la Sociedad absorbente o de las Sociedades absorbidas.

Ninguna. Al tratarse de una fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas, no será necesario el informe de expertos independientes sobre el Proyecto de fusión, por lo que tampoco se atribuirán ventajas a ningún experto independiente.

6.- Fecha a partir de la cual empezara a surtir efectos contables la Fusión.

Se establece como fecha a partir de la cual las operaciones de las Sociedades absorbidas deben entenderse realizadas a efectos contables por cuenta de la Sociedad absorbente la del inicio del ejercicio en que se aprueba la fusión.

7.- Modificaciones estatutarias.

No se producirá, como consecuencia de la fusión, modificación estatutaria alguna en la Sociedad absorbente.

8.- Consecuencias en el empleo, impacto de género en los órganos de administración e incidencia en la responsabilidad social de la empresa.

La totalidad de trabajadores en plantilla de "AGBI HOUSES, S.L.U." (Sociedad absorbida) y de "GERIDAD, S.L.U." (Sociedad absorbida) se integrarán en la plantilla de "ALBERTIA SERVICIOS SOCIOSANITARIOS, S.A." (Sociedad absorbente), procediéndose a la subrogación de los contratos laborales correspondientes, con mantenimiento de todos los derechos y antigüedades de los trabajadores afectados. A su vez, se hace constar que las sociedades participantes en la fusión han dado cumplimiento a sus obligaciones de información a los trabajadores y/o representante de los trabajadores.

Igualmente, la fusión no producirá ningún impacto de género en el órgano de administración de la Sociedad absorbente, que mantendrá la misma estructura y composición.

La fusión no afectará a la responsabilidad social de la Sociedad absorbente, quien, tras la inscripción de la fusión, asumirá la totalidad de las deudas sociales de las Sociedades absorbidas, sin más límites ni condiciones que los propios de su tipo social y sin perjuicio del derecho de oposición de los acreedores establecido en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

9.- Balance de Fusión.

Se considera como Balance de fusión el cerrado a 31 de diciembre de 2016, el cual, por cuanto a "ALBERTIA SERVICIOS SOCIOSANITARIOS, S.A." (Sociedad absorbente) se refiere, se encuentra auditado, mientras que los de "AGBI HOUSES, S.L.U." (Sociedad absorbida) y "GERIDAD, S.L.U." (Sociedad absorbida) no están auditados, al no cumplir las condiciones para ser auditadas.

10.- Régimen fiscal.

La fusión proyectada se someterá al régimen especial tributario previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, por cumplir con los requisitos exigidos por el mismo. Así, los motivos económicos que justifican la operación de fusión son, entre otros, (i) la racionalización de las actividades desarrolladas, (ii) optimizar el empleo de los recursos materiales y humanos de las sociedades que se fusionan, (iii) aunar los derechos políticos y económicos que se poseen en las otras entidades, implementando una política directiva única y (iv) simplificar la gestión, abaratando costes administrativos y evitando duplicidades administrativas y jurídicas en relación con el funcionamiento ordinario de las Compañías.

Madrid, 25 de octubre de 2017.- El Secretario del Consejo de Administración de "Albertia Servicios Sociosanitarios, S.A.", Don Pablo Rodrigo Contreras; el Administrador Único de "Agbi Houses, S.L.U.", "Albertia Servicios Sociosanitarios, S.A.", representada por Don Pablo Rodrigo Contreras como persona física representante; y el Administrador Único de "Geridad, S.L.U.", Don Guillermo de Aranzabal Agudo.

Absorbente
Absorbida
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 25/10/2017 Diario: 207 Sección: C Pág: 10068 - 10071 

IR A AGBI HOUSES SL
CREAR CUENTA GRATIS
Crea una cuenta gratuita en empresia y realiza seguimiento de las empresas que te interesan.

Registrar cuenta
Axesor.es
Axesor.es