CNAE 2229 - Fabricación de otros productos de plástico
A96639315
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Información sobre balances y cuentas de resultados de AEMSA CANAL SAU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por AEMSA CANAL SAU o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión por absorción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales universales de accionistas de «AEM, Sociedad Anónima Unipersonal» y «Aemsa Canal, Sociedad Anónima Unipersonal», respectivamente, celebradas el 29 de junio de 2006, han aprobado, por unanimidad, la fusión de dichas Sociedades mediante la absorción de «Aemsa Canal, Sociedad Anónima Unipersonal», por la Compañía «AEM, Sociedad Anónima Unipersonal». Esta operación supone la transmisión a título universal del patrimonio íntegro de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente y la disolución sin liquidación de dicha sociedad absorbida, a la vista del proyecto de fusión suscrito con fecha 2 de mayo de 2006 por los Órganos de Administración de cada una de las sociedades, depositado en el Registro Mercantil de Valencia en fecha 23 de mayo de 2006. Los Balances de fusión aprobados por las sociedades intervinientes son los cerrados a 31 de diciembre de 2005. Dado que la totalidad de las acciones en que se dividen los respectivos capitales sociales de la sociedad absorbente y de la sociedad absorbida pertenecen a un mismo accionista único, la operación de fusión se realiza sin necesidad de aumento de capital alguno ni canje de valores, por aplicación de lo establecido en el artículo 250.2 de la Ley de Sociedades Anónimas. No se conceden ventajas de ningún tipo a los Administradores de la sociedad absorbida, ni ningún tipo de derechos para los accionistas.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Barcelona, 3 de julio de 2006.-D. José Enrique Valer Munilla, Presidente de los Consejos de Administración de AEM, S.A. Sociedad Unipersonal y Aemsa Canal, S.A. Sociedad Unipersonal.-43.518.
y 3.ª 19-7-2006
Absorbente | |
Absorbida |
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Anuncio de fusión por absorción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales universales de accionistas de «AEM, Sociedad Anónima Unipersonal» y «Aemsa Canal, Sociedad Anónima Unipersonal», respectivamente, celebradas el 29 de junio de 2006, han aprobado, por unanimidad, la fusión de dichas Sociedades mediante la absorción de «Aemsa Canal, Sociedad Anónima Unipersonal», por la Compañía «AEM, Sociedad Anónima Unipersonal». Esta operación supone la transmisión a título universal del patrimonio íntegro de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente y la disolución sin liquidación de dicha sociedad absorbida, a la vista del proyecto de fusión suscrito con fecha 2 de mayo de 2006 por los Órganos de Administración de cada una de las sociedades, depositado en el Registro Mercantil de Valencia en fecha 23 de mayo de 2006. Los Balances de fusión aprobados por las sociedades intervinientes son los cerrados a 31 de diciembre de 2005. Dado que la totalidad de las acciones en que se dividen los respectivos capitales sociales de la sociedad absorbente y de la sociedad absorbida pertenecen a un mismo accionista único, la operación de fusión se realiza sin necesidad de aumento de capital alguno ni canje de valores, por aplicación de lo establecido en el artículo 250.2 de la Ley de Sociedades Anónimas. No se conceden ventajas de ningún tipo a los Administradores de la sociedad absorbida, ni ningún tipo de derechos para los accionistas.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Barcelona, 3 de julio de 2006.-D. José Enrique Valer Munilla, Presidente de los Consejos de Administración de AEM, S.A. Sociedad Unipersonal y Aemsa Canal, S.A. Sociedad Unipersonal.-43.518.
2.ª 18-7-2006
Absorbente | |
Absorbida |
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Anuncio de fusión por absorción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales universales de accionistas de «AEM, Sociedad Anónima Unipersonal» y «Aemsa Canal, Sociedad Anónima Unipersonal», respectivamente, celebradas el 29 de junio de 2006, han aprobado, por unanimidad, la fusión de dichas Sociedades mediante la absorción de «Aemsa Canal, Sociedad Anónima Unipersonal», por la Compañía «AEM, Sociedad Anónima Unipersonal». Esta operación supone la transmisión a título universal del patrimonio íntegro de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente y la disolución sin liquidación de dicha sociedad absorbida, a la vista del proyecto de fusión suscrito con fecha 2 de mayo de 2006 por los Órganos de Administración de cada una de las sociedades, depositado en el Registro Mercantil de Valencia en fecha 23 de mayo de 2006. Los Balances de fusión aprobados por las sociedades intervinientes son los cerrados a 31 de diciembre de 2005. Dado que la totalidad de las acciones en que se dividen los respectivos capitales sociales de la sociedad absorbente y de la sociedad absorbida pertenecen a un mismo accionista único, la operación de fusión se realiza sin necesidad de aumento de capital alguno ni canje de valores, por aplicación de lo establecido en el artículo 250.2 de la Ley de Sociedades Anónimas. No se conceden ventajas de ningún tipo a los Administradores de la sociedad absorbida, ni ningún tipo de derechos para los accionistas.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Barcelona, 3 de julio de 2006.-D. José Enrique Valer Munilla, Presidente de los Consejos de Administración de AEM, S.A. Sociedad Unipersonal y Aemsa Canal, S.A. Sociedad Unipersonal.-43.518.
1.ª 17-7-2006
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Absorbida |
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