Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 12 de septiembre del 2025 del anuncio de anuncio de fusión y absorción en la empresa ACVIL APARCAMIENTOS SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 03 de septiembre del 2025 con los datos de inscripción Diario: 174 Sección: 2 Pág: 6222 - 6222.
Conforme al artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, entre otros, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (el RDL 5/2023), se hace público que, con fecha 1 de septiembre de 2025, el socio único de Acvil Aparcamientos, S.L.U. (Sociedad Absorbente) ha aprobado la fusión por absorción de Artemisa Aparcamientos, S.L.U. (Sociedad Absorbida) por parte de la Sociedad Absorbente, con disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y traspaso en bloque y por sucesión universal de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente, que lo adquirirá, en los términos del proyecto de fusión formulado con fecha 30 de junio de 2025 por los órganos de administración de ambas sociedades intervinientes y conforme a los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2024. El balance de fusión de la Sociedad Absorbente se encuentra debidamente auditado por el auditor de cuentas de dicha sociedad, mientras que la Sociedad Absorbida no está obligada a someter sus cuentas anuales a auditoría.
Dicho acuerdo se ha adoptado sometido a la condición suspensiva consistente en la obtención de las autorizaciones administrativas pertinentes, todo ello conforme al proyecto de fusión antes indicado.
Encontrándose la Sociedad Absorbida íntegramente participada de forma directa por el mismo socio único de la Sociedad Absorbente, resulta de aplicación a la fusión, en la medida en que proceda, lo dispuesto por el artículo 53.1, por remisión del artículo 56.1, ambos del RDL 5/2023, no resultando preciso, entre otros, (i) la formalización de los acuerdos de fusión por parte del socio único de la Sociedad Absorbida, (ii) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente y (iii) los informes de administradores y expertos sobre el proyecto de fusión.
Se hace constar, asimismo, (i) que el acuerdo de fusión ha sido adoptado al amparo de lo dispuesto por el artículo 9 del RDL 5/2023, así como (ii) el derecho que asiste al socio único y a los acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y los balances de fusión.
Madrid, 3 de septiembre de 2025.- El Secretario no consejero de los Consejos de Administración de Acvil Aparcamientos, S.L.U. y de Artemisa Aparcamientos, S.L.U, D. Francisco Soto Rodríguez-Peña.
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