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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 14 de abril del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Zinache.


Solicitud de marca suspendida

Zinache

Expediente:  M-4359266

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9147107

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4359266

Fecha de resolución:  07/04/2026

Irregularidades:  La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorr ectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001 de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:Clase 35 "Apoyo a la elaboración de estrategias empresariales sostenibles" es impreciso, o puede quedar d efinido como "Servicios de desarrollo de estrategias de negocio empresarial sostenible"."Análisi s organizativos y de procesos" es impreciso, o puede quedar definido como "Análisis de empresas". "Asesoramiento en transformación empresarial y gestión del cambio" puede quedar definido como "Serv icios de consultoría sobre transformación empresarial"."Servicios de apoyo a la toma de decision es directivas relacionadas con la gestión de riesgos, la sostenibilidad y la cadena de valor" es imp reciso, deben ajustarlo a la Clasificación de Niza."Acompañamiento y preparación de organizacion es para procesos de auditoría y verificación externa en materia de sistemas de gestión" es impreciso , o puede quedar definido como "Servicios de auditorías de cuentas".Clase 41"Y jornadas técn icas" es impreciso, deben ajustarlo a la Clasificación de Niza."Actividades de facilitación y ap rendizaje experencial relacionadas con transformaciones sostenibles y sistemas de gestión" es impre ciso, deben ajustarlo a la Clasificación de Niza.Por cada nueva clase resultante deberá abonar 8 2,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamenteSe recuerda que como co ntestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento p ara la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de MarcasApórtese un nuevo listado consigná ndolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).P uede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://cons ultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionSe recuerda que como contestación a este suspenso de forma s olo se podrá modificar Se subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o divi dir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001 , de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 14/04/2026 Tomo: 1 Anuncio:9147107 

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