Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 23 de febrero del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo YES AL AMOR TARIFA.
Expediente: M-4315468
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado, "YES AL AMOR TARIFA", de tipo denominativo carece de carácter distintivo, toda vez que no permite identificar dicho signo con una procedencia empresarial concreta. Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado. 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, laprocedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otrascaracterísticas de los productos o servicios.En concreto, el signo solicitado está compuesto de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar la procedencia geográfica de losproductos o servicios siguientes para los que se solicita la presente marca, ya que contiene "Tarifa". Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegandolo que considere adecuado
Identificado de publicación: 9029741
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4315468
Fecha de resolución: 16/02/2026
Clases: 25