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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 02 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Xreality STUDIOS by Secuoya, bajo la titularidad de XREALITY STUDIOS SL.


Solicitud de marca suspendida

Xreality STUDIOS by Secuoya

Expediente:  M-4344155

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  8986087

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4344155

Fecha de resolución:  26/01/2026

Irregularidades:  La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: En la Clase 41:- "Servicios de producción de gráficos en movimiento" es impreciso y no se encuentra dentro de la Clas ificación Internacional de Niza. Podría quedar definido como: "Servicios de producción de animacione s (gráficos en movimiento)".-"Producción de efectos visuales para películas; Producción de efect os visuales para vídeos; Producción de efectos visuales para la televisión; Producción de efectos vi suales generados por ordenador para películas, vídeos o televisión" es impreciso. Podría quedar defi nido como: "Producción de efectos especiales para películas, vídeos y televisión".Apórtese un nu evo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se ten drá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y se rvicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsa nase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la /s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.SE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SU SPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, L IMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 02/02/2026 Tomo: 1 Anuncio:8986087 

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