Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 20 de junio del 2024 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo WINSPORTSOLUTION.
Expediente: M-4237050
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La solicitud presenta defectos (art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y arts. 3.2 y 3.6 del Reglamento de ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio), ya que los productos/servicios están definidos y clasificados incorrectamente.En concreto, lo solicitado en la clase 09 como "PLATAFORMA INFORMATICA, SOFTWARE INFORMATICO" no está correctamente redactado, pudiendo tratarse de definiciones encuadradas en clase diferente a la solicitada, lo que supondría el abono de tasa de una nueva clase. Si desea que esos productos se encuadren en la clase solicitada tendráque definirlo como "PLATAFORMAS DE SOFTWARE COLABORATIVO [PROGRAMAS INFORMÁTICOS]; SOFTWARE INFORMÁTICO". Por el contrario, si lo que desean proteger es la "Creación de plataformas informáticas para terceros" o "Desarrollo de plataformas informáticas" estas definiciones están encuadradas en la clase 42, lo que supondría una nueva clase que conlleva el pago de tasa por otra clase. La definición de"Software informático" sí pertenece a la clase 09.Debe aportarse nueva lista completa de los productos/servicios solicitados (en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos de conformidad con la Clasificación Internacional de Productos y Servicios (Clasificación de Niza). Deberá abonar, en caso que proceda, la cantidad de 82,84. euros por la nueva clase resultante, clase 42 (art. 12.2 de la Ley 17/2001 de Marcas en relación con tarifa primera). Si no se subsanase en plazo se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (arts. 9.2 y 9.6 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompletode la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 delReglamento).Si desea consultar el listado de clases de la Clasificación Internacional, tiene a su disposición nuestra herramienta CLINMAR: https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action
Identificado de publicación: 7980153
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4237050
Fecha de resolución: 13/06/2024
Clases: 09, 35, 41