Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 04 de septiembre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Winestorming.
Expediente: M-4322895
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8725742
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4322895
Fecha de resolución: 28/08/2025
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorr ectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En c oncreto:- "servicios de networking y conexión entre profesionales; consultoría empresarial en ma teria de creatividad, innovación y desarrollo estratégico; provisión de espacios de coworking y dina mización de comunidades empresariales" es impreciso. Puede eliminarlo del listado, o alternativament e puede indicar servicios comprendidos en la clasificación de Niza que tengan una relación directa c on los indicados (no se aceptarán servicios o productos que no guarden relación).- "servicios de formación y facilitación en innovación, creatividad y desarrollo personal; actividades lúdico-educa tivas con fines de desarrollo profesional" es impreciso. Puede eliminarlo del listado, o alternativa mente puede indicar servicios comprendidos en la clasificación de Niza que tengan una relación direc ta con los indicados (no se aceptarán servicios o productos que no guarden relación).- "organiza ción de catas de vino" debe quedar definido como "Organización y realización de catas de vinos con f ines de entretenimiento" y pertenece a la CLASE 41.Si no se subsanasen en plazo los defectos señ alados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afecta dos (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Para encontr ar los términos aceptados, puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de producto s y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar la tasa ME17. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.S e recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los def ectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artícul o 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas