Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 20 de abril del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo WHITAN, bajo la titularidad de WHITAN PRODUCTIONS SL.
Expediente: M-4361939
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9158978
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4361939
Fecha de resolución: 13/04/2026
Irregularidades: Debe aportar un nuevo poder de representación en el que aparezca la firma del poderdante. En caso de no subsanar este defecto, se continuará la tramitación eliminándose la representación y continuando el procedimiento con el solicitante (art. 57.3 del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas).La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precis ión (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concr eto:Clase 35"Servicios de venta mayorista y minorista, incluso a través de redes informáticas mundiales y plataformas digitales" es impreciso, por lo que deberá especificar la naturaleza de los productos que desea solicitar."Servicios, artistas y eventos prestados por medios audiovisuales; Servicios de relaciones públicas, gestión de imagen pública y comunicación corporativa; Branding, g estión, desarrollo y posicionamiento de marcas e identidades comerciales" es impreciso, por lo que d eberá especificar la naturaleza de los productos que desea solicitar."influencers y profesionale s del sector audiovisual" deberá ponerlo en castellano.Clase 41"Masterclasses" deberá ponerlo en castellano y ajustarse a la clasificación.Apórtese un nuevo listado consignándolos correctame nte. Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:http s://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se h ubiese abonado la totalidad de la tasa.SE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORM A SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVI DIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001 , DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS