Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 27 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo WHEELiN.
Expediente: M-4343619
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9045001
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4343619
Fecha de resolución: 20/02/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorr ectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001 de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:En la clas e 39-"Intermediación en el intercambio de vehículos entre particulares" es impreciso, o puede qued ar definido como "Intermediación comercial en el intercambio de vehículos entre particulares" y pert enece a la clase 35-"Servicios de movilidad compartida" es impreciso, deben ajustarlo a la Clas ificación de Niza-"Alquiler, reserva y puesta a disposición de vehículos" puede quedar definido como "Servicios de reserva para el alquiler de vehículos"-"y puesta a disposición de vehículos", es impreciso, o puede quedar definido como "Puesta a disposición de instalaciones para aparcar coch es"Por cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamenteSe recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se po drá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solic itud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de di ciembre, de MarcasApórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en p lazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para e laborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionSe r ecuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defect os señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9 .2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas