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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 27 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo WHEELiN.


Solicitud de marca suspendida

WHEELiN

Expediente:  M-4343619

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9045001

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4343619

Fecha de resolución:  20/02/2026

Irregularidades:  La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorr ectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001 de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:En la clas e 39-"Intermediación en el intercambio de vehículos entre particulares" es impreciso, o puede qued ar definido como "Intermediación comercial en el intercambio de vehículos entre particulares" y pert enece a la clase 35-"Servicios de movilidad compartida" es impreciso, deben ajustarlo a la Clas ificación de Niza-"Alquiler, reserva y puesta a disposición de vehículos" puede quedar definido como "Servicios de reserva para el alquiler de vehículos"-"y puesta a disposición de vehículos", es impreciso, o puede quedar definido como "Puesta a disposición de instalaciones para aparcar coch es"Por cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamenteSe recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se po drá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solic itud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de di ciembre, de MarcasApórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en p lazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para e laborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionSe r ecuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defect os señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9 .2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 27/02/2026 Tomo: 1 Anuncio:9045001 

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