Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 09 de abril del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo WELCOME.
Expediente: M-4360041
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9139329
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4360041
Fecha de resolución: 31/03/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos y/o cla sificados (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En c oncreto:Clase 42:- "Ensayo y certificación de productos de consumo y otros productos" puede qu edar definido como" Ensayos, análisis y evaluación de productos de terceros con fines de certificaci ón"-"ensayo y certificación de establecimientos comerciales, bares, locales de ocio, edificios p rivados, edificios públicos que han eliminado las barreras a las personas con capacidades diferentes " puede quedar definido como "Ensayos, análisis y evaluación de servicios de terceros (establecimien tos comerciales, bares, locales de ocio, edificios privados, edificios públicos que han eliminado la s barreras a las personas con capacidades diferentes) para obtener una certificación.-"concesión de marcas de calidad respecto a de establecimientos comerciales, bares, locales de ocio, edificios privados, edificios públicos que han eliminado las barreras a las personas con capacidades diferente s" puede quedar definido como "concesión de licencias de marcas respecto a establecimientos comercia les, bares, locales de ocio, edificios privados, edificios públicos que han eliminado las barreras a las personas con capacidades diferentes" que pertenece a la clase 45Apórtese un nuevo listado c onsignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desis tida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamen to). Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:ht tps://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionse recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas