Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 21 de octubre del 2024 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo WEALTHLAW, bajo la titularidad de KEEPER HERITAGE SL.
Expediente: M-4245697
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: KEEPER HERITAGE SL
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa, para los servicios solicitados, en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podránregistrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, toda vez que la denominación de la marca "WEALTHLAW" se entiende como "ley o derecho de riqueza o de patrimonio", está compuesta por signos e indicaciones de uso común, carentes de distintividad (genéricos) dentro del mercado de servicios para el que solicita la marca, sin ningún otro elemento, forma o denominación que permita al público consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado. 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, laprocedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otrascaracterísticas de los productos o servicios.En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar los servicios solicitados y sus características o finalidad de los mismos, ya que toda vez que la denominación de la marca "WEALTHLAW" se entiende como "ley o derecho de riqueza o de patrimonio" se considera descriptiva en las clases 35 y 45 para los servicios solicitados.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado
Identificado de publicación: 8140197
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4245697
Fecha de resolución: 14/10/2024
Clases: 35, 45