Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 17 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo VUELTA AL ORIGEN.
Expediente: M-4346268
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9015790
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4346268
Fecha de resolución: 10/02/2026
Irregularidades: Los productos/servicios de la lista de productos y servicios adolecen de falta de claridad y precisi ón y/o están mal clasificados (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento) En concreto: -"desarrollo de marcas personales" es impreciso. Puede redefinirs e como "creación de marcas".-"posicionamiento comercial" es impreciso y puede redefinirse como " posicionamiento de marcas".-"provisión de espacios y plataformas en línea para la promoción y co mercialización de productos y servicios" es impreciso. Debe eliminarlo o redefinirlo ATENIÉNDOSE a l as definiciones recogidas en la clasificación de Niza y armonizada que encontrará en nuestra herrami enta Clinmar.-"organización y realización de actividades formativas, talleres y cursos en mate ria de marketing, ventas, comunicación comercial y desarrollo empresarial" está mal definido y c lasificado. Puede redefinirse como "organización y realización de actividades formativas, taller es formativos y cursos en materia de marketing, ventas, comunicación comercial y desarrollo empresar ial" y pertenece a la clase 41.Por cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la fa lta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubies e abonado la totalidad de la tasa.Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respec to a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramie nta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/i nicio.actionSE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN E STABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE M ARCAS