Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 17 de octubre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo VIX MICRO.
Expediente: M-4325953
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8793192
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4325953
Fecha de resolución: 10/10/2025
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos y/o cla sificados (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En c oncreto:clase 09: "kioscos electrónicos de consulta de información" es impreciso y debe ajus tarse a la Clasificación. Clase 38: "Servicios de descarga de datos, sonidos e imágenes " Es impreciso. Puede quedar definido como "Servicios técnicos de descarga de datos digitales" y pertene ce a la clase 42. "Servicios de interconexión de redes" es impreciso. Puede quedar definido com o "Servicios de conexión telemática a una red informática mundial". Clase 41: "servicios de bailarines; servicios de cantantes" puede quedar definido como "Servicios de esparcimiento prestados por cantantes y bailarines" "servicios de casting con fines de entretenimiento y culturales" es impreciso. Puede quedar definido como "Casting [contratación] de artistas del espectáculo" y perten ece a la clase 35. "renta de contenido audiovisual en Internet" puede quedar definido como "Alqu iler de grabaciones audiovisuales"Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente.Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consulta s2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abona do la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se po drá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solic itud, según establece el artículo 9.2 del reglamento para la ejecución de la ley 17/2001, de 7 de di ciembre, de Marcas