Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 22 de junio del 2022 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo VIVÓ, bajo la titularidad de EUROMADI IBERICA SA.
Expediente: M-4145972
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: EUROMADI IBERICA SA
Identificado de publicación: 6871979
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4145972
Fecha de resolución: 15/06/2022
Clases: 01, 02, 03, 04, 05, 16, 28, 29, 30, 31, 32, 34, 35
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) De conformidad con el art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y art. 3.2de su Reglamento de ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio) los productos y servicios no están correctamente definidos. En concreto, En la clase 01, debe separar cada producto con el correspondiente signo de puntuación, en este caso punto y coma, En la clase 02, "Colores" es un término impreciso, si desea incluirlo en la clase 02 debe concretar la naturaleza o materia prima de dicho producto, o clasificarlo en otra categoría en base a lo concretado abonando la correspondiente tasa adicional por la clase no solicitada,"Preservativos contra la herrumbre y el deterioro de la madera" debe definirse como "Productos contra la herrumbre y el deterioro de la madera","Maderas tintóreas" puede quedar definido como "Tinte (Madera de -)", En la clase 05, debe separar cada producto con el correspondiente signo de puntuación, en este caso punto y coma, "Desodorantes ambientadores" debe definirse como "Ambientadores [desodorantes de ambiente]", En las clases 16, 28, 30, 31, 32, 34 y 35 debe separar cada producto con el correspondiente signo de puntuación, en este caso punto y coma.Por tanto, debe aportarse nueva lista completa de los productos y servicios solicitados (en formulario oficial) describiéndolos correctamente sin que suponga una ampliación de lo inicialmente solicitado. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos y servicios afectados (arts. 9.2 y 9.6 del Reglamento).Puede consultar nuestra herramienta CLINMAR en http://tramites2.oepm.es/clinmar/inicio.action