Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 11 de febrero del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Vivir de gorra.
Expediente: N-0484652
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 9004564
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0484652
Fecha de resolución: 04/02/2026
Clases: 25
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para los productos solicitados de la clase 25,en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan de carácter distintivo. En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, toda vez que consiste exclusivamente en una frase slogan ("Vivir de gorra") que constituye una alusión a la finalidad de los productos reivindicados y que el consumidor percibirá como un reclamo publicitario y no como un signo distintivo capaz de distinguir la actividad de una empresa de la de otras operando en el mismo mercado. Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo alegando lo que considere adecuado