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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 13 de mayo del 2022 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo VIVA O MAR.


Suspenso de fondo de marca

VIVA O MAR

Expediente:  M-4139761

Tipo Marca:  Figurativa

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  6790719

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4139761

Fecha de resolución:  06/05/2022

Clases:  35

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS

Motivos:  01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y art. 3.2 de su Reglamento de ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los servicios no están correctamente definidos. Enconcreto, los "Servicios de venta (...)" reivindicados para la clase 35 adolecen de imprecisión porlos siguientes motivos:- La expresión "tales como" no resulta apropiada para determinar el alcance de la lista de productos y servicios objeto de los servicios de venta. La lista de servicios solicitada establece como objeto de servicios de venta "productos o servicios del sector naútico", los cuales no cumplen los requisitos de claridad y precisión debido a su carácter excesivamente vago. Por ello, resulta necesario una limitación de los servicios de modo que se restrinja el alcance de la protección. Sin embargo, la expresión "tales como" no tiene esa capacidad restrictiva, sino ejemplificadora de los productos y servicios que son objeto de los servicios de venta. Esta expresión puede sustituirse por otras como "a saber", "en concreto" o "en particular".- "Electrónica náutica" adolece de imprecisión. El Tribunal General de la Unión Europea, a través de su Sentencia en el asuntoT-775/15, el conocido caso Ferli, ha dictado que no se considera precisa la reivindicación de "productos electrónicos" como objeto de servicios de venta, al resultar excesivamente vagos. El término reivindicado "electrónica náutica" implica un destino de los productos electrónicos a su uso en navegación, pero no restringe de manera suficiente cuáles son los productos electrónicos concretos objetode servicios de venta.-"Recambios para náutica" adolece de imprecisión al resultar demasiado vagos. El término "Recambios" no es claro y preciso por sí mismo, mientras que su limitación a "para náutica" no restringe de manera suficiente cuáles son los productos a los que van destinados esos recambios. Se propone como alternativa la expresión "Recambios para embarcaciones".Por tanto, debe aportarse nueva lista completa de los servicios solicitados (en formulario oficial) describiéndolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los servicios afectados (arts. 9.2 y 9.6 del Reglamento).Puede consultar nuestra herramienta CLINMAR en http://tramites2.oepm.es/clinmar/inicio.action

Motivos:  02) La marca solicitada se halla incursa, para los servicios de la clase 35 para los que se solicita, en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al carecerde carácter distintivo, toda vez que el signo se compone por la denominación "VIVA O MAR", que se traduce al castellano como "Viva el mar", y se considera una expresión genérica, incapaz de distinguir un origen empresarial concreto de los servicios a los que se destina la marca

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 13/05/2022 Tomo: 1 Anuncio:6790719 

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