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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 11 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo VISAGE, bajo la titularidad de VISAGE COSMETICS SL.


Solicitud de marca suspendida

VISAGE

Expediente:  M-4345831

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9004183

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4345831

Fecha de resolución:  04/02/2026

Irregularidades:  Debe corregir el apartado "reivindicación de color" indicando exclusivamente los colores que se visu alizan en el distintivo. Este apartado es facultativo por lo que puede eliminar estas indicaciones. La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 1 7/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto:Clase 03:"Fija dores de maquillaje; es impreciso por lo que puede quedar definido como "pulverizadores para fijar m aquillaje"."prebases y primers" es impreciso, por lo que deberá ponerlo en castellano y ajustarse a la clasificación."Serums" deberá ponerlo en castellano y ajustarse a la clasificación. "Pr oductos para cejas" es impreciso, por lo que puede quedar definido como "Cosméticos para cejas". "Productos de higiene personal" es impreciso, por lo que puede quedar definido como "productos cosmé ticos para el cuidado de la piel y el cabello"."Acondicionadores" es impreciso, por lo que puede quedar definido como "Acondicionadores para el cabello"."Productos de peinado" es impreciso, po r lo que deberá especificar la naturaleza de los productos que desea solicitar y ajustarse a la clas ificación."Removedores de esmalte" es impreciso, por lo que puede quedar definido como "Quitaesm altes para las uñas"."After sun" deberá ponerlo en castellano y ajustarse a la clasificación.C lase 35:"accesorios de maquillaje es impreciso, por lo que puede quedar definido como "Kits de m aquillaje"."Influencers" deberá ponerlo en castellano."Ferias del sector cosmético" es impre ciso, por lo que puede quedar definido como "Ferias comerciales del sector cosmético".Apórtese u n nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s p ara la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.SE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A E STE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETI RAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCI ÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 11/02/2026 Tomo: 1 Anuncio:9004183 

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