Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 10 de abril del 2019 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo VIPBAGS.
Expediente: M-3738180
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 4962708
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3738180
Fecha de resolución: 04/04/2019
Clases: 16, 18
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento(Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos/servicios están definidos y clasificados incorrectamente. En concreto,debe ajustar los servicios a la Clasificación de Niza 2019 y eliminar Organizadores de bolsos,complementos de bolso;en tejido y en cuero. Debe de especificar los estuches, neceseres y carteras y solicitar los llaveros en la clase 14. Puede ayudarse de la clasificación en el siguiente enlace: http://tramites2.oepm.es/clinmar/inicio.actionDebe aportarse, por tanto, nueva lista de productos/servicios (en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos correctamente. Deberá abonar la cantidad de 95,55 euros por la/s nueva/s clase/s resultantes (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)