Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 05 de abril del 2019 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo VIP VENTANAS.
Expediente: N-0390806
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 4955753
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0390806
Fecha de resolución: 01/04/2019
Clases: 06
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Arts. 12.3 y 87.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3.3 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio), las actividades están incorrectamente clasificadas. En concreto:"Carpintería metálica": Pertenece a la Clase 37; por tanto puede elegir entre pagar la tasa de una nueva clase, o bien puede eliminarlo en la nueva solicitud.EL RESTO DE LOS PRODUCTOS SOLICITADOS EN LA CLASE 6 SON CORRECTOS, Y DEBERÁ VOLVER A INCLUIRLOS EN LA NUEVA SOLICITUD.Debe aportarse, por tanto, nueva lista de actividades (en formulario oficial) clasificándolas correctamente. Deberá abonar la cantidad correspondiente de euros por la nueva clase resultante (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados setendrá por desistida la solicitud en lo referente a las actividades afectadas (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)