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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 13 de septiembre del 2024 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Verde Jaén.


Suspenso de fondo de marca

Verde Jaén

Expediente:  M-4243680

Tipo Marca:  Denominativa

Tipo Modalidad:  Marca

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada, siendo solo denominativa, se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al carecer de carácter distintivo, toda vez que la combinación de vocablos, que se propone no permite al público consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial, ni la individualización en el mercado de los productos. 02) La marca solicitada, siendo solo denominativa, se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al estar compuesto exclusivamente de signos o indicaciones descriptivas de la naturaleza los productos solicitados, teniendo en cuenta que con "VERDE JAÉN" se hace referencia directa a un tipo de aceite de cosecha temprana y la procedencia geográfica , careciendo de otros elementos, gráficos o denominativos, que permitan al público consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial. 03) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre la naturaleza, características y calidad de los productos solicitados, toda vez que en el distintivo solicitado aparece el término "VERDE", que se refiere a aceite de cosecha temprana o aceite temprano, sin especificar que dichosproductos gocen de tales características. 04) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.h) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre), al estar excluida del registro en virtud del art. 13.1 del Reglamento (UE) 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre, que confiere protección a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas, toda vez que el distintivo, contiene el término "JAÉN", que es un término protegido por la Indicación Geográfica Protegida "Aceite de Jaén", además dicha indicación geográfica establece que la denominación "aceite de Jaén" es solo para "aceite de oliva virgen extra". 05) POR OPOSICION BASADA EN:- Articulo 5.1. b),c),f),g),h) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre.- Articulo 9.3. de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre.- A016979817VE VERDE ESMERALDA en relación con las clases solicitadas: 29- Articulo 5.1. g),h) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre.- A018452920V E VERDE ESMERALDA en relación con las clases solicitadas: 29- Articulo 5.1. g),h) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre. 06) POR OBSERVACIONES DE TERCERO BASADAS EN:- Articulo 5.1. g),h) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre

Identificado de publicación:  8087089

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4243680

Fecha de resolución:  06/09/2024

Clases:  29

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 13/09/2024 Tomo: 1 Anuncio:8087089 

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